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Reformarán otras siete leyes para ajustarlas a la Constitución “Chamuca”

La dictadura sigue acomodando las leyes a sus necesidades de control y represión. Analistas aseguran: “Están creando de cero un Estado”

Vista general del hemiciclo de la Asamblea Nacional de Nicaragua.

Vista general del hemiciclo de la Asamblea Nacional de Nicaragua. | Foto: El 19 Digital.

Redacción Confidencial

30 de abril 2025

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Al menos nueves leyes, constitucionales y orgánicas, tendrán que reformarse en Nicaragua para ajustarlas a las disposiciones de la nueva Constitución Política, creada a la medida de Daniel Ortega y Rosario Murillo. Dos de estas ya fueron reformadas totalmente en marzo de 2024: la Ley Electoral y la Ley Orgánica del Sistema Judicial. Pero restan otras siete, que serán ajustadas próximamente.

“Tienen que hacer un cambio completo a la mayoría de leyes porque están creando de cero el Estado”, explicó a CONFIDENCIAL la abogada constitucionalista y desnacionalizada por la dictadura, Azahalea Solís. 

La nueva Carta Magna fue presentada como una “modernización” y “reforma parcial” de la Constitución vigente desde 1987. Sin embargo, las reformas cambian hasta un 93% de los artículos, crean la figura única en el mundo de la “copresidencia”, suprimen la separación de los poderes del Estado y “prácticamente refunda el orden político del país”.

El abogado y activista político, Juan Daniel Barberena enlistó a CONFIDENCIAL, las nueves principales leyes que serán reformadas parcial o totalmente tras la publicación de la Constitución “Chamuca”

Los cambios incluyen la ampliación de las leyes constitucionales, que antes eran tres y ahora serán cuatro, y la modificación a cinco leyes de tipo ordinarias. Entre ellas está la Ley de Atribuciones y Competencias del Poder Ejecutivo, en la cual la dictadura detallará cómo operará la presidencia conjunta.

Leyes constitucionales 

Desarrollan y complementan aspectos fundamentales de la Constitución. Gozan de una jerarquía superior a las leyes ordinarias, para su aprobación o reformas requieren del 60% de aprobación en el plenario de la Asamblea y pasan por el mismo procedimiento que las reformas constitucionales, pero no requieren aprobación en dos legislaturas

1. Ley 331 o Ley Electoral

A través de esta ley se establece el marco legal para la organización, dirección y supervisión de las elecciones de presidente y vicepresidente, diputados de la Asamblea Nacional, del Parlamento Centroamericano, miembros del Consejo de Regiones Autónomas de la Costa Caribe, los alcaldes y vicealcades, y los consejos municipales. 

Esta ley constitucional fue reformada complementamente el 05 de marzo de 2025. La nueva legislación incorporó la figura de la “copresidencia”, la ampliación de cinco a seis años del período de gobierno, la subordinación del Consejo Supremo Electoral a la Presidencia.

También, eliminó los mecanismos legales de consulta popular que quedaban a disposición de los nicaragüenses: el plebiscito y el referendo. 

Según la nueva ley, la vicepresidencia ya no es elegida en las urnas, ahora habrá más de una persona en el cargo y será electa por los copresidentes. Se redujo el número de los magistrados del Consejo Supremo Electoral, que pasaron de diez a cinco. El período para ejercer como magistrado pasa de cinco a seis años al igual que los copresidentes y los alcaldes. 

2. Ley 983 o Ley de Justicia Constitucional 

Esta ley regula los mecanismo de control de los poderes del Estado y protege derechos fundamentales de las personas y les permite acudir a los tribunales en caso de violación. Asimismo se regulaba los conflictos de competencia y constitucionalidad entre los poderes. Sin embargo, la nueva Constitución eliminó el recurso de conflictos de competencia.

“Ese recurso ha sido eliminado porque ya no existen los poderes del Estado y porque ya no hay independencia entre estos. Entonces, habrá que eliminarlo del catálogo y el procedimiento que para ese recurso estaba establecido en la Ley de Justicia constitucional”, dice Barberena. 

3. Ley 44 o Ley de Emergencia 

A través de esta ley el Presidente podía adoptar medidas excepcionales en situaciones de calamidad pública, desastres naturales o situaciones que pongan en grave riesgo la seguridad nacional, la economía o la estabilidad social del país.

Tras las reformas se amplió las competencias de los copresidentes para declarar la suspensión de los derechos fundamentales. “Antes existían una serie de derechos que el presidente no podía suspender por medio del decreto Estado de emergencia.Por ejemplo, el derecho a elegir y ser electo. Con esta reforma, todos los derechos hoy sí los pueden suspender”, explica Barberna. 

El abogado señala que esto será incluido en la Ley de Emergencia junto a “los procedimientos referidos a la suspensión y los efectos de la suspensión de esos derechos”.

4. Ley 28 o Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Caribe

Al elevar el Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Caribe a ley de rango constitucional se deberá modificar la ley 28 dedicada a estas regiones autónomas.    

En el proceso de aprobación de esta serie de reformas, que cambiaron el ordenamiento jurídico del país, la dictadura usó a las poblaciones vulnerables como los grupos étnicos para mostrar una supuesta preocupación por su bienestar. Así que elevar a rango constitucional esta ley especial. 

Leyes orgánicas 

Están por debajo de la Constitución, pero son importantes porque regulan aspectos fundamentales del Estado y su funcionamiento como los poderes del Estado, los órganos constitucionales o derechos fundamentales. 

5. Ley 290 o Ley de Atribuciones y Competencias del Poder Ejecutivo 

Esta ley determina la organización, competencia y procedimientos del Poder Ejecutivo que previo a las reformas era ejercido por el Presidente de la República. Sin embargo, ahora tendrá que reformarse completamente al crear la figura de la presidencia conjunta. 

Como ahora es un órgano mancomunado —los dos ejercen el órgano al mismo tiempo — hay que establecer cuáles van a ser los procedimientos para que tomen las decisiones. Cómo van a firmar los decretos ejecutivos, cómo van a designar a los funcionarios públicos que tiene que designar la presidencia, entre otros aspectos”, señala Barberena. 

Esta es la reforma más importante porque hasta ahora solo se conocen algunas de las atribuciones que tendrán los copresidentes, pero no se sabe cómo ambos operarán en la administración pública del Estado.

6. Ley 606 o Ley del Poder Legislativo 

Esta ley establece las funciones de la Asamblea Nacional y tras las reformas constitucionales, en las que se elimina la división de poderes del Estado, pasa a ser un órgano de la copresidencia. 

Entre los cambios está la ampliación a seis años del período que ejercerán los diputados, el nombramiento a diputados de los excopresidentes y de los aspirantes a la “copresidencia” que hayan quedado en segundo lugar durante las elecciones.

Este órgano también tendrá nuevas atribuciones, entre ellas el poder para retirar la inmunidad a los funcionarios a través del voto favorable de la mayoría de diputados. La anterior Constitución establecía la pérdida de inmunidad pero se debía pasar por un proceso interpuesto por “personas que se consideren afectadas por la actuación en el ejercicio del cargo”.

Los copresidentes son quienes propondrán a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo Supremo Electoral, y una vez electos serán ellos quienes designen al presidente de cada órgano.

7. Ley 260 o Ley Orgánica del Poder Judicial

El Poder Judicial también pasa a ser un órgano dependiente de la copresidencia. Por lo tanto, se requiere una reforma total a la estructura de este nuevo órgano que incluye la reducción del número de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y la ampliación a seis años del período en que estos ejercerán. 

Esta fue la segunda ley en ser reformada por la dictadura. Con los cambios la dictadura sepultó el poder que tenían los magistrados en la Corte Suprema de Justicia (CSJ), dejándolos como figuras meramente decorativas, mientras un “superconsejo” centraliza el poder y administra la justicia a conveniencia de Daniel Ortega y Rosario Murillo, además de eliminar los criterios de “mérito” y “capacidad” para ingresar a la Carrera Judicial.

También se redujo el número de magistrados al pasar de 16 a diez, integrado por cinco mujeres. Sin embargo, “ninguno va a estar en el Consejo, todos van para Sala. La Corte se queda solo con las Salas, ya no toma ninguna decisión de orden económico, de dirección, de imponer sanciones, hacer nombramientos”, explicó una fuente judicial que habló con CONFIDENCIAL bajo anonimato. 

La nueva ley estableció que serán los presidentes quienes propongan los candidatos a magistrados y una vez electos, estos serán ratificados por la Asamblea Nacional. Y los copresidentes serán quienes nombre al presidente de la CSJ.

8. Ley 501 o Ley de Carrera Judicial 

Esta ley deberá ser reformada porque la dictadura le concedió al Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial la representación legal y administrativa del órgano judicial, además de dirigir  la carrera judicial y abordar las infracciones disciplinarias de los profesionales del derecho y los funcionarios judiciales, según una moción que fue incorporada durante la aprobación de la segunda legislatura. 

Las reformas también reducen de cuatro a tres el número de magistrados que integrarán el Consejo y se borra que uno de estos sea el presidente de la CSJ, como estaba establecido previo a las reformas, quien a su vez estaba a la cabeza. 

En el artículo 157 de la iniciativa de reformas constituciones dice que “el Consejo estará integrado por tres magistrados o magistradas de la Corte Suprema de Justicia electos por Corte Plena”.

9. Ley 40 o Ley de Autonomía Municipal

La ley de autonomía municipal deberá reformarse porque en el artículo 177 de la Constitución se eliminó la parte donde se establecía que “los municipios gozan de autonomía política administrativa y financiera”. 

También se suprime el párrafo segundo del mismo artículo en donde se establecía que “la autonomía no exime ni inhibe al Poder Ejecutivo ni a los demás poderes del Estado, de sus obligaciones y responsabilidades con los municipios” .

Además, agrega Barberena, “cambian la división política administrativa. Ahora agregan, además de las Regiones Autónomas, los departamentos y municipios, los regímenes de especial atención, que era lo que había hecho Juan Orlando Hernández en Honduras. Entonces vamos a ver cómo va a funcionar eso, quién tendrá facultades sobre esos regímenes especiales”.

Las leyes represivas tras las protestas de 2018

La dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo lleva más de una década moldeando a su medida la Constitución Política de Nicaragua. Los cambios a nivel jurídico también incluyeron una serie de modificaciones a leyes ordinarias y la creación mismas de leyes represivas. 

En el último cuatrimestre de 2020, el régimen aprobó una decena de leyes, reformas y normativas represivas, que limitaron severamente la capacidad de operación de los grupos políticos de oposición, la sociedad civil y los medios independientes, según un informe del Departamento de Estado del Gobierno de Estados Unidos.

Entre estas leyes están la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, de Ciberdelitos, de Cadena Perpetua, de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz, con la que prohibió las candidaturas de quienes el régimen considera “golpistas”.

Los cambios incluyen reformas al Código Procesal Penal, para ampliar de 48 horas hasta 90 días el plazo por el que una persona puede estar detenida sin ser acusada; al Código Penal para enjuiciar a los nicaragüenses y extranjeros que cometan supuestos delitos fuera del país y castigarlos con penas que van desde la confiscación de sus bienes hasta la prisión perpetua.

También, para darle poder a la Policía Nacional para hallar y sustraer equipos electrónicos e informáticos de las personas que estén bajo su investigación sin necesidad de una orden judicial. 

Las modificaciones incluyen la creación de leyes para evadir las sanciones internacionales como la aprobada en 2024: “Ley de protección de los nicaragüenses ante sanciones y agresiones externas” o para tener más control sobre la banca como: la Ley de Administración del Sistema Monetario y Financiero, o para regular el contenido que es transmitido a través de internet, en la Ley General de Telecomunicaciones Convergentes.

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Redacción Confidencial

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Confidencial es un diario digital nicaragüense, de formato multimedia, fundado por Carlos F. Chamorro en junio de 1996. Inició como un semanario impreso y hoy es un medio de referencia regional con información, análisis, entrevistas, perfiles, reportajes e investigaciones sobre Nicaragua, informando desde el exilio por la persecución política de la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo.

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