13 de enero 2025

Eurocámara demanda suspender Acuerdo de Asociación de la UE con régimen de Ortega

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Juan Diego Barberena: elimina el recurso de Habeas Corpus, la seguridad jurídica de la propiedad, y despoja a trabajadores de sus derechos laborales
La pareja presidencial Daniel Ortega y Rosario Murillo llegan a un acto de la Policía Nacional, el 16 diciembre de 2024. // Foto: CCC
A finales de enero de 2025 entrará en vigencia la nueva Constitución “Chamuca”, una reforma total a la Constitución como un traje a la medida de los intereses de la pareja presidencial y de la familia Ortega Murillo, después de su aprobación en segunda legislatura por una Asamblea Nacional controlada por el Frente Sandinista.
En la nueva Constitución desaparecen los Poderes del Estado, y se convierten en los órganos Legislativo, Judicial, Electoral, y de control regional y municipal, de manera que se elimina el principio democrático de la autonomía y separación de poderes, al quedar estos órganos sometidos al control de la Presidencia de la República. Y también desaparece el principio de la rendición de cuentas, al convertirse la Presidencia en un poder absoluto, como si se tratara de una monarquía familiar.
A su vez, la presidencia está integrada por un Copresidente y una Copresidenta, para acomodar el cargo a los mecanismos de la sucesión dinástica y las disputas de poder entre Rosario Murillo y Daniel Ortega. Y aunque la misma Constitución establece que los copresidentes deben ser elegidos por el voto popular y el sufragio directo, a partir de este 13 de enero la vicepresidenta Rosario Murillo pasará a ser oficialmente copresidenta.
La reforma total a la Constitución modifica 148 de los 198 artículos de la Constitución Política de Nicaragua, que equivalen al 74.7% de la Carta Magna, y también elimina otros 37 artículos constitucionales, que equivalen al 18.7%. De esa manera, se altera el 93.4% del texto constitucional.
La reforma prolonga de cinco a seis años el mandato presidencial, del jefe de la Policía y el Ejército, para lo cual ya fueron prorrogados en sus cargos el general de Ejército Julio César Avilés en el Ejército de Nicaragua, y el primer comisionado Francisco Díaz en la Policía Nacional, para consumar la fusión de la cúpula militar y policial con el control político de la familia Ortega Murillo.
Además, la nueva Constitución eleva a rango constitucional la represión y Estado Policial, legaliza a los paramilitares, oficializa la persecución religiosa, anula la autonomía municipal y regional, y decreta como símbolo nacional, la bandera rojinegra del FSLN.
La Constitución que entrará en vigencia a finales de enero 2025 legaliza los secuestros, la desaparición forzada de presos políticos, y los destierros de nicaragüenses, y oficializa la muerte civil y política de cualquier ciudadano, a quien la dictadura puede considerar un “traidor de la patria”, y deja a todos los ciudadanos en un estado de total indefensión legal.
Y para analizar las implicaciones que tendrá en la vida nacional esta nueva Constitución, en el programa Esta Semana conversamos con el abogado y activista político Juan Diego Barberena.
La nueva Constitución que entrará en vigencia a finales de enero de 2025 viene a oficializar la dictadura y el ejercicio del poder sin límites que se ha venido ejerciendo por las vías de hecho, en los últimos cinco años en el país. ¿Qué significa legalizar la dictadura para la sociedad nicaragüense? ¿Qué cambios sustantivos tiene esto para efectos de los derechos ciudadanos de la gente?
Significa la consumación legal del ejercicio absoluto del poder, esta vez matrimonial y familiar de los Ortega-Murillo. Y, si bien es cierto, ya venían ejerciendo muchas de estas acciones por la vía de hecho, lo que esto implica es que lo legalizan, según ellos, sin ningún tipo de consecuencias políticas sobre sus actuaciones.
Esto tiene grandes implicaciones en materia de derechos ciudadanos porque estamos ante una reforma que no solamente disuelve el Estado en términos de los poderes constituidos y los convierte en órganos que están únicamente coordinados y dirigidos por la Presidencia, sino que también es una reforma regresiva en materia de derechos fundamentales.
Prácticamente, vuelve ineficaz todo el catálogo de derechos fundamentales que tenía el texto constitucional nicaragüense en materia de derechos de libertad, derechos de los trabajadores, derechos familiares, en materia de la plena vigencia de los derechos humanos, en los derechos de la niñez, derecho de movilización, de expresión, de información.
Estamos ante una Constitución que establece un poder absoluto, único en manos de la familia en el poder, pero que además de eso sustrae de los ciudadanos todas sus garantías constitucionales y sus derechos ciudadanos. Solamente quiero ejemplificar una y es el derecho al Habeas Corpus, que estaba establecido en el anterior texto constitucional. Al eliminar esas garantías que estaban establecidas en el artículo 33 de la Constitución Política, pierde vigencia el recurso de exhibición personal o recurso de Habeas Corpus porque los ciudadanos que se vean en una situación de detención ilegal, no tienen garantías fundamentales constitucionales para sustanciar un recurso de exhibición personal.
¿Lo que estás diciendo es que el ciudadano estará ahora en un estado de total indefensión? Bueno, ya estaba antes bajo indefensión total, ahora, sin embargo, no tendrá ni siquiera ningún espacio formal para recurrir y para representar sus derechos y su defensa.
Peor que eso es que ya no existen ni siquiera en la formalidad del ordenamiento jurídico nicaragüense, disposiciones en donde el ciudadano pueda formalmente ampararse, porque han sido anuladas por parte de esta reforma constitucional, que es más que una reforma parcial. Estamos ante una reforma total.
Más allá de que los ciudadanos se encuentren en una total indefensión esta reforma coloca a los ciudadanos y ciudadanas nicaragüenses no como sujetos de derecho, sino como objetos de, o como objetos, fruto del ejercicio del poder político del grupo en el poder. Ya ni siquiera como sujetos que pueden ejercer plenamente sus derechos y sus deberes, sino ahora como objetos que únicamente serán fruto de las directrices y las acciones arbitrarias del Grupo Ortega-Murillo.
Ese nuevo modelo de Estado que estás describiendo, al servicio de una familia, de un matrimonio, al eliminar toda clase de controles de autonomía de otros poderes, de rendición de cuentas, básicamente está llevando al extremo la centralización. Uno podría suponer que los gobernantes creen que eso le va a dar más eficiencia al control que tienen sobre el Estado. Pero, por el otro lado, esto podría tener también más consecuencias sobre la corrupción, porque no va a haber ninguna clase de control a la corrupción oficial y la “corrupción no autorizada”.
En efecto. Se podría creer que un control más vertical en la coordinación de la función pública pudiera ser mejor, pero realmente está demostrado con la experiencia de que la institucionalidad democrática ha existido para que cada funcionario y cada actor en la función pública realice sus funciones en el marco de cauces institucionales legales previamente establecidos, precisamente para evitar eso que estás señalando. La centralización, únicamente es desde la perspectiva del ejercicio del poder político de controlar las decisiones trascendentales de la nación. Pero no desde la perspectiva de mejorarle los servicios públicos básicos que den respuestas a las necesidades ciudadanas.
Esta reforma va encaminada a garantizarle la estabilidad despótica y la perpetuación en el ejercicio del poder político de la familia Ortega-Murillo. A eso responde el nuevo modelo de Estado que ellos están concibiendo ahora como un Estado “revolucionario”. Pero más que todo es un Estado familiar, no es otra cosa que eso, y a eso responde también la vulneración absoluta de los derechos básicos y fundamentales de los ciudadanos.
Dice la Constitución "Chamuca" que el copresidente y la copresidenta serán elegidos por el voto popular, por el sufragio popular. Pero al entrar en vigencia esta Constitución este lunes 13 de enero la vicepresidenta Rosario Murillo va a pasar a ser copresidenta sin ser electa. ¿Sería esta ya la primera violación a la propia Constitución?
Más allá de que esta reforma establezca que se cambia el modelo de presidente a un modelo de copresidencia y el periodo, tanto Daniel Ortega y Rosario Murillo, en teoría, fueron electos como presidente y vicepresidente, respectivamente, por un periodo de cinco años. Esta reforma no puede bajo ninguna razón, independientemente de lo que establezca, y aún si no hay una disposición transitoria, pretender autoproclamarlos como copresidentes por un periodo de seis años, cuando los ciudadanos eligen esto, entre comillas, porque evidentemente en 2021 en Nicaragua no hubo una elección, los ciudadanos eligen en razón del cargo, en razón de la persona-candidato-candidata y en razón del periodo.
De tal manera, que estos señores no fueron electos ni como copresidentes ni por un periodo de seis años, independientemente de lo que diga la reforma constitucional que van a aprobar el día lunes en la Asamblea “Chamuca”. De tal manera que, más que hablar de una primera violación a la Constitución “Chamuca”, tenemos que hablar de que independientemente de lo que establezca esta nueva reforma, no existe posibilidad jurídica formal de que puedan ellos ser copresidentes por un periodo de seis años, cuando no deviene eso de un proceso electoral que les genere la suficiente legitimidad.
Por otro lado, ¿pueden incluso agregar una disposición transitoria en segunda legislatura?. Son cuestiones que se han estado discutiendo, yo creo que no, bajo ningún motivo. Pero hay otra cuestión importante, que tiene que ver con un anuncio que hicieron de las reformas al resto de normativas, del ordenamiento jurídico del Estado, que inexorablemente implica también de que hay una ilegalidad y ahí sí podemos decir que hay una primera ilegalidad en la pretensión de aplicar esta reforma constitucional que tiene que ver con la aplicación retroactiva de la misma.
La descripción que hace la Constitución de la Presidencia no brinda detalles sobre cuáles son los roles del copresidente y la copresidenta, y la gente pregunta: ¿y eso cómo va a funcionar ahora? ¿Rosario Murillo va a tener más poder que el que ya tiene? ¿Y cuál va a ser el rol de Daniel Ortega, el copresidente?
Entramos a la absoluta manifestación de la discrecionalidad porque es como lo establece la Constitución. Estamos ante un órgano mancomunado, matrimonial, en donde aparentemente los dos son la manifestación del órgano y habrá que ver cómo tomas la decisión. Esa es una de las incógnitas que hay. ¿Quién decide cómo se firman los decretos Ejecutivo? ¿Cómo se firman las decisiones del Poder Ejecutivo? Más allá de eso, porque esto entraría una discusión si existe una divergencia entre ambos, el tema acá es el poder. Ahora mismo Rosario Murillo va a tener la suficiente cobertura para actuar como Presidenta de la República en los hechos, bajo el sombrero de copresidenta. Y esto tiene unas manifestaciones dentro de la estructura misma de la dictadura, dentro del Estado como tal y dentro del Frente Sandinista. Entonces, habrá que ver cuál va a ser el comportamiento de la disidencia interna que sabemos que existe dentro del Frente Sandinista, cuál va a ser el comportamiento de ciertos mandos militares cuando Rosario Murillo les emita órdenes con esas facultades que dice tener al amparo de la Presidencia.
Los Ortega-Murillo con esto han resuelto algo que es la fórmula jurídica de la sucesión. ¿Quién sucede a Daniel Ortega ante su ausencia y quiénes vienen detrás, que son sus hijos al nombramiento de la vicepresidencia? pero no han resuelto la viabilidad política que les permita allanar el camino a la estabilidad de la sucesión política dinástica. Se han adelantado en el tema de la sucesión y más que beneficio, les va a generar unos grandes costos y mayores contradicciones a lo interno del propio régimen.
De hecho, ya han adelantado algunos pasos en relación a las instituciones militares. La Constitución extiende por seis años el mandato presidencial y también el período del jefe del Ejército y el jefe de la Policía, para lo cual ya fueron nombrados. Ya están nombrados Julio César Avilés, por otros seis años, y Francisco Díaz, por otros seis años, como jefe de la Policía. O sea que ese nuevo Estado es una especie de fusión entre la familia gobernante y la cúpula militar.
Totalmente, una cúpula militar y también un grupo de funcionarios del Frente Sandinista y del Estado que actúan como la élite política que gobierna en Nicaragua. Unos materialmente y otros ejecutando las órdenes de Daniel Ortega y Rosario Murillo. Hay una fusión entre el ejercicio del poder vertical, entre la obediencia militar y la obediencia policial. La reforma establece que tanto el Ejército como la Policía son instituciones obedientes y no deliberantes. ¿Qué es lo que quiere decir esto? Que obedecen a la familia en el poder. Y a eso responde que el primer acto en pro de la implementación de esta reforma ha sido la extensión como jefe del Ejército de Julio Avilés y de Francisco Díaz. Debajo de ellos hay otra gente que son una suerte de cuello en donde puede manifestarse toda la inconformidad ahora con este nuevo sistema imperante en Nicaragua.
En el Ejército hay un tapón institucional con más de 20 generales que están bloqueando la carrera militar y los ascensos de otros profesionales En el caso de la Policía es un poco diferente porque es una institución intervenida, hay un jefe de la policía, pero hay varios jefes que responden a Rosario Murillo desde las órdenes del Carmen, de manera que habrá que ver qué implicaciones tiene esto dentro de estas instituciones. ¿Qué impacto tiene el cambio constitucional en la economía? ¿Cómo queda el derecho de propiedad, la seguridad jurídica, con estos cambios?
Con el establecimiento de la causal de pérdida de nacionalidad por traición a la patria, que lo establece la Constitución, si no me equivoco, la reforma en su artículo 16, si no me falla la memoria, estaba avalándose la confiscación, independientemente de que el artículo 44 quede intacto. Porque en las distintas reformas legales especiales que hicieron sobre el tema de la pérdida de la nacionalidad, establecen como consecuencia, además de penas privativas de libertad, las confiscaciones. Hay un grave atentado a la seguridad jurídica, para las personas que pueden llegar a invertir en Nicaragua. De tal manera, que Nicaragua se ha convertido en un país inútil a efectos de la inversión extranjera y tiene grandes consecuencias esto para la economía.
Por otro lado, el régimen Ortega-Murillo ha aplaudido las inversiones chinas en Nicaragua que no sabemos cuál es su trascendencia y hacia dónde va a llegar eso. Pero han anulado y revertido una serie de derechos que tienen los trabajadores nicaragüenses y en consecuencia, también la vigencia de dos acuerdos de la Organización Internacional. Dos convenios de la Organización Internacional del Trabajo, de OIT, principalmente el 100 y el 111.
La Constitución establecía de que todo ciudadano, todo trabajador, tenía derecho a un salario acorde a su dignidad humana. Eso ha sido eliminado. Entonces, quiere decir de que las personas tienen derecho a cualquier tipo de salario que da paso a que la gente trabaje con salarios de hambre, salarios casi que de esclavitud en el marco de esta inversión china. El derecho laboral coloca a los trabajadores de rodillas y sin ninguna posibilidad de defenderse. Esta reforma totalmente es involutiva.
Y una cuestión más que tiene que ver con el establecimiento en esta reforma constitucional, aunque también lo hicieron por medio de la Ley Especial de la nulidad de las sanciones extranjeras dentro de Nicaragua y la obligatoriedad de que los bancos los acate. Esto es peligroso porque puede hacer explotar el sistema financiero nacional y todo lo que tiene que ver con los intercambios de bienes y servicios y la intermediación financiera bancaria.
¿Qué implicaciones tiene esta nueva Constitución para la vida política en el país, para el movimiento cívico, para las iniciativas de resistencia que intentan promoverse en Nicaragua, cuando la represión está completamente legalizada, con esta Constitución que prácticamente anula los derechos de la gente a protestar, organizarse, a movilizarse?
Las implicación es configurar un régimen de partido único. Pero, además, de movilización única, que hace compleja una transición a la democracia, no imposibilita una transición política en Nicaragua, pero sí la complejiza. Obliga a los movimientos políticos o cívicos opositores en Nicaragua, a tener una posición clara con respecto al tema de las reformas, porque yo he escuchado a algunas personas decir “sí, esto ya lo venían haciendo”. El hecho de que ya lo venían haciendo no quiere decir de que esto no sea extremadamente grave.
También requiere una respuesta más cohesionada de la oposición, de hacerle un llamado no solamente al pueblo nicaragüense, sino también a los funcionarios que sabemos que disienten de la dictadura a lo interno, dentro de las estructuras armadas Un llamado al desconocimiento, al rechazo de esta reforma constitucional.
Este momento además de que marca un punto de partida del absolutismo matrimonial familiar, del régimen Ortega-Murillo, puede dar paso a una mayor manifestación de contradicciones a lo interno. También, es un hito que debe de ser optimizado en beneficio de la oposición para una muestra, una señal, una opción, una alternativa más cohesionada en contra de la dictadura de Ortega Murillo.
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Periodista nicaragüense, exiliado en Costa Rica. Fundador y director de Confidencial y Esta Semana. Miembro del Consejo Rector de la Fundación Gabo. Ha sido Knight Fellow en la Universidad de Stanford (1997-1998) y profesor visitante en la Maestría de Periodismo de la Universidad de Berkeley, California (1998-1999). En mayo 2009, obtuvo el Premio a la Libertad de Expresión en Iberoamérica, de Casa América Cataluña (España). En octubre de 2010 recibió el Premio Maria Moors Cabot de la Escuela de Periodismo de la Universidad de Columbia en Nueva York. En 2021 obtuvo el Premio Ortega y Gasset por su trayectoria periodística.
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