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Permanencia legal en Costa Rica: guía completa para turistas o extranjeros

Información sobre requisitos, plazos, multas y excepciones para la permanencia legal en Costa Rica, incluso para turistas que desean ampliar su estadía

Puesto migratorio en Aeropuerto de Costa Rica

Puesto de atención migratoria en un aeropuerto de Costa Rica. // Foto: Agencias

Daguer Hernández

17 de marzo 2025

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La permanencia legal es el principio por el cual las personas migrantes, turistas o extranjeros en general mantienen una condición migratoria regular dentro de Costa Rica, permitiéndoles acceder a una categoría migratoria específica. Este concepto está regulado en el artículo 66 de la Ley General de Migración y Extranjería (Ley 8764).

Para permanecer legalmente en Costa Rica, una persona debe haber ingresado al país cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Pasaporte vigente (excepto ciudadanos venezolanos, quienes pueden ingresar con pasaporte vencido).
  • Cumplimiento de las condiciones de visa, si corresponde.
  • Entrada por un puesto fronterizo autorizado.

¿Cuánto tiempo puede permanecer un extranjero en Costa Rica?

El tiempo de permanencia legal como turista es determinado por el oficial de migración en el punto de ingreso (aéreo, terrestre o marítimo). Este período suele no ser mayor a 90 días. Durante este período, la persona puede solicitar una categoría migratoria ante la Dirección General de Migración y Extranjería.

¿Qué debo hacer si deseo o necesito quedarme más tiempo?

Según el artículo 89 de la Ley 8764, los turistas en Costa Rica que deseen cambiar su estatus migratorio deben pagar una tarifa de 200 dólares. Una vez presentado el trámite, la permanencia legal se prorroga automáticamente mientras la solicitud esté en proceso.


Sin embargo, esto no otorga derecho a salir y reingresar al país sin cumplir nuevamente con los requisitos migratorios.

Si la solicitud es aprobada, la persona puede ingresar con la resolución favorable dentro de un período de 90 días para completar su documentación.

¿De cuánto es la multa por permanencia irregular en Costa Rica?

Si una persona permanece en el país más allá del tiempo autorizado y no puede salir para regularizar su estatus, tiene la opción de pagar una multa conforme al artículo 91 de la Ley 8764. El costo es de $100 por cada mes de permanencia vencida. Este pago debe realizarse en la cuenta del Banco de Costa Rica:

  • IBAN: CR82015201001008005117
  • IBAN: CR95015201001008005465

Por ejemplo, si una persona ha permanecido en Costa Rica seis meses después de la fecha autorizada, deberá pagar $300 antes de presentar su trámite migratorio.

Existen casos en los que no se requiere actualizar la permanencia legal:

  1. Padres o madres de menores costarricenses: Deben demostrar, mediante declaración jurada, que salir del país afectaría la patria potestad (artículo 58 del Reglamento de Extranjería, Decreto Ejecutivo 37112-GOB).
  2. Menores de edad: Conforme a los artículos 56 del Reglamento de Extranjería y 69 de la Ley 8764.
  3. Solicitantes por razones humanitarias: Según los mismos artículos mencionados.
  4. Personas migrantes con condenas en Costa Rica: Se les concede una autorización provisional de permanencia mientras cumplen su sentencia (artículo 72 de la Ley 8764).

Importancia de la Permanencia Legal

Para presentar un trámite migratorio, es fundamental que la persona se encuentre en permanencia legal vigente. De lo contrario, el trámite puede ser rechazado por inadmisibilidad, conforme al artículo 69 de la Ley 8764.

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Daguer Hernández

Daguer Hernández

Daguer Hernández es abogado y notario y cursa una maestría en Derecho Internacional de los Derechos Humanos de la Universidad para la Paz de Naciones Unidas. Tiene doce años de experiencia en la administración pública, y fue subdirector de Migración, bajo el Gobierno de Carlos Alvarado, en Costa Rica.

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