Logo de Confidencial Digital

PUBLICIDAD 1M

PUBLICIDAD 4D

PUBLICIDAD 5D

Pasos para la residencia en Costa Rica de periodistas, deportistas, pensionados o rentistas | Papeles en Regla

Lea los requisitos que las personas extranjeras deben cumplir para obtener una residencia temporal bajo estas categorías

Daguer Hernández

27 de enero 2023

AA
Share

En esta ocasión en Papeles en Regla abordaremos las categorías de residencia para extranjeros más visibles ante la opinión pública por la labor de entretenimiento (deportistas) o información (periodistas). También detallaremos los requisitos que deben cumplir quienes aplican bajo las categorías de pensionados y rentistas. Las cuatro se hallan en el artículo 79 de la Ley General de Migración y Extranjería de Costa Rica.

Residencia para deportistas extranjeros en Costa Rica

Los deportistas deberán estar acreditados ante el Consejo Nacional de Deporte y Recreación o la Unión de Clubes de Fútbol de la Primera División de Costa Rica. En estos casos, además de los requisitos generales, que puede hallar en el artículo Requisitos para tramitar una residencia temporal en Costa Rica, la persona también deberá tener:

  1. Copia del contrato de trabajo con las formalidades que el mismo requiere dentro del deporte. Debe contener las firmas autenticadas.
  2. La parte nacional (costarricense) contratante debe aportar una certificación de personería jurídica vigente para acreditar su legitimación para la contratación.
  3. El aplicante debe tener una certificación del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación o bien de la entidad pública o privada que ostente la representación nacional de un deporte que certifique a los deportistas extranjeros que participen en sus campeonatos.
  4. En el caso de las empresas o equipos que tengan participación de extranjeros, es importante que estén al día con la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS). El incumplimiento de este requisito es motivo de rechazo de muchas de estas inscripciones.
  5. El solicitante debe tener una póliza de riesgos del trabajo y demostrar por medio de constancia que la misma se encuentra al día.
  6. La sede del equipo deportivo debe contar con un comprobante que demuestre que está al día con la patente municipal respectiva, así como con el pago de los tributos nacionales.

Residencia para periodista extranjero en Costa Rica


Los periodistas también deben cumplir con los requisitos generales y con los siguientes específicos atenientes a su profesión:

  1. Copia del contrato de trabajo con las formalidades que el mismo requiere dentro de la profesión. Debe contener las firmas autenticadas.
  2. En caso de que el medio sea nacional debe aportar una certificación de personería jurídica vigente para acreditar su legitimación para la contratación. En caso de que sea un medio extranjero debe presentar la referencia correspondiente y cómo desarrolla su trabajo.
  3. El empleador debe suscribir una declaración jurada que haga constar la experiencia del trabajador donde se especifique las funciones especializadas, sus conocimientos para el puesto que lo diferencian de la mano de obra nacional.
  4. El periodista debe demostrar los títulos o acreditaciones académicas. Los documentos tienen que estar debidamente apostillados o legalizados en el país de origen.

Si la empresa contratante está inscrita en Costa Rica debe:

  1. Estar al día con la Caja Costarricense del Seguro Social.
  2. Aportar constancia de la póliza de riesgos de trabajo.
  3. Estar al día con patente municipal.
  4. Estar al día con el pago de impuestos nacionales.

Las categorías de pensionados y rentistas fueron incluidas en la nueva Ley 9996, pero dicha ley no ha sido reglamentada. A continuación encontrarán las definiciones de la normativa vigente.

Pensionados en Costa Rica, así se tramita la residencia 

Además de los requisitos generales, el presupuesto esencial y requisito específico de esta categoría es que la persona logre demostrar que disfruta de una pensión vitalicia cuyo monto no puede ser inferior a 1000 dólares mensuales (moneda en curso en los Estados Unidos de América). El documento que así lo demuestre debe estar apostillado o legalizado y consularizado. Este monto puede ser en la moneda nacional del país de origen; sin embargo, no puede ser menor a 1000 dólares al realizarse el tipo de cambio.

Residencia para rentistas extranjeros

Además de los requisitos generales, el presupuesto esencial y requisito específico de esta categoría es que la persona demuestre, con documento idóneo, que en un periodo de dos años (tiempo que dura vigente la categoría de residencia temporal) recibirá una renta estable y permanente no inferior a la suma mensual de 2500 dólares, moneda de los Estados Unidos de América. Este monto puede ser otorgado o emitido por un banco del sistema bancario nacional costarricense o, si viene del extranjero, debe seguir las formalidades de la apostilla o consularización y legalización.

Sobre estas dos últimas categorías, rentistas y pensionados, hay dos aspectos que actualizar y mencionar:

Primero, hay un reglamento que está próximo a publicarse que simplificaría la gestión de dichas categorías ante la Dirección General de Migración y Extranjería. Ese reglamento, además, incluirá exoneraciones fiscales como incentivos para quienes apliquen, como lo son:

  • Exoneración de impuestos de importación de menaje de casa.
  • Dos vehículos terrestres, aéreos o marítimos para uso familiar.
  • Exención de impuestos de renta (en los marcos establecidos en ese reglamento).
  • Exoneración del 20% de impuestos de traspaso para los bienes inmuebles.
  • Exoneración de impuestos en la importación de instrumentos del ejercicio profesional.

El reglamento, todavía no ha sido publicado, por lo tanto, no está aún en vigencia.

El segundo aspecto es que ambas categorías tienen que asumir, en este momento, un cobro que podría considerarse un desmotivante para aplicar a estas categorías, y que debe ser considerado:

Según el Reglamento de Aseguramiento Voluntario y Aseguramiento de Migrantes, que entró en vigor el primero de septiembre de 2022, en su artículo 24, "los asegurados migrantes cotizarán conforme al ingreso que determine la CCSS, el cual no podrá ser menor a la base mínima contributiva que establezca la Junta Directiva, ni a los ingresos que de conformidad con la Ley de Migración y Extranjería se establezcan, según la categoría migratoria”. En estos casos, los montos de seguro se tasan sobre los 1000 dólares para las personas pensionadas y sobre los 2500 dólares para los rentistas, es decir, los pensionados deberán pagar más de 160 dólares y los rentistas más de 400 dólares por mes.

Si tiene alguna duda o desea que abordemos en este espacio algún otro tema en particular relacionado a trámites migratorios para personas migrantes en Costa Rica, puede escribirnos al correo [email protected].


PUBLICIDAD 3M


Tu aporte nos permite informar desde el exilio.

La dictadura nos obligó a salir de Nicaragua y pretende censurarnos. Tu aporte económico garantiza nuestra cobertura en un sitio web abierto y gratuito, sin muros de pago.



Daguer Hernández

Daguer Hernández

Daguer Hernández es abogado y notario y cursa una maestría en Derecho Internacional de los Derechos Humanos de la Universidad para la Paz de Naciones Unidas. Tiene doce años de experiencia en la administración pública, y fue subdirector de Migración, bajo el Gobierno de Carlos Alvarado, en Costa Rica.

PUBLICIDAD 3D