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“Estados pueden considerar válidos los pasaportes” de nicaragüenses “apátridas”

Abogado colombiano Álvaro Botero insta a países a proteger a los 317 “desnacionalizados” por el régimen de Daniel Ortega

Daniel Ortega junto a Rosario Murillo al informar el destierro de 222 excarcelados políticos. Foto: Presidencia

Octavio Enríquez

25 de febrero 2023

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El jurista colombiano Álvaro Botero Navarro, un destacado experto en derechos humanos que ha trabajado para la Organización de Estados Americanos y Naciones Unidas, considera que la situación sociopolítica de Nicaragua se ha agravado progresivamente desde que visitó el país en junio de 2018. 

El abogado, en ese entonces parte de un equipo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), investigó in situ las denuncias contra el Estado, tras la represión desatada contra manifestantes pacíficos, inconformes con  la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo.


“El régimen pasó de asesinar a manifestantes en las calles y en las universidades, a encarcelar a todo aquel que era visto como un opositor sin ninguna garantía judicial, someterlos a tortura”, dice Botero Navarro, respondiendo a un cuestionario enviado por CONFIDENCIAL

Botero Navarro es senior Fellow del centro de pensamiento Diálogo Interamericano y profesor de la American University. Vive en Washington DC, desde donde monitorea los abusos del país centroamericano, incluido el reciente destierro y despojo de la nacionalidad de 317 personas: 222 presos políticos, la del obispo Rolando Álvarez y de otros 94 ciudadanos, en un hecho que no tiene antecedentes inmediatos en la región.

¿Cuál es su valoración sobre el destierro de 222 presos políticos?

Es importante reconocer que es una gran noticia tanto para las personas afectadas como para sus familias, después de haber estado privadas arbitrariamente de su libertad en una constante violación de sus derechos al acceso a la justicia, el debido proceso y a la prohibición de la tortura y tratos y penas crueles, inhumanos y degradantes por el simple hecho de ejercer un derecho tan fundamental como expresar sus opiniones, disentir y oponerse al Gobierno. 

Al mismo tiempo, y lo que no es una sorpresa con el régimen de Ortega-Murillo, la liberación se dio mientras se les privaba arbitrariamente de su derecho a la nacionalidad nicaragüense y sin la más mínima posibilidad de defenderse o apelar la decisión judicial y se les expulsaba colectivamente del país del que eran nacionales, una muestra más de la persecución política que lleva a cabo el régimen contra cualquier forma de oposición.

Estos hechos han generado múltiples violaciones a derechos humanos reconocidos en la Constitución nicaragüense de 1987, así como a normas de tratados internacionales ratificados por el Estado de Nicaragua, tales como la prohibición de expulsión de nacionales, la prohibición de expulsión colectiva, el derecho a la nacionalidad y las obligaciones en materia de prevención de la apatridia, y la prohibición de perseguir a personas en razón de sus opiniones políticas o de otro tipo.

¿Esto tiene algún tipo de antecedente en la región?

La última vez que vimos este tipo de prácticas en el continente americano fue a finales de la década de los 70’s y principios de los 80’s durante las dictaduras militares en los países del Cono Sur y los conflictos armados en Centroamérica, lo que nos da una idea del grave retroceso que estas acciones del Gobierno de Nicaragua representan. 

Todo esto en un continente donde la mayoría de los países han transitado hacia la democracia, lo cual implica que los gobiernos deben garantizar de manera irrestricta el derecho a la libertad de expresión, a la protesta y en términos generales, a poder disentir sin miedo de la posición del gobierno. 

Todo Estado que se precie de ser democrático, no ejecuta este tipo de acciones y, por el contrario, lo que hace es abordar las diferencias a través del diálogo y de mecanismos de participación democrática y no a través de la eliminación y el exilio de toda forma de oposición. 

Lo que ha sucedido con las 317 personas es otra prueba más de la falta de libertades que sufre el pueblo nicaragüense y del régimen totalitario que Ortega y Murillo han instaurado en Nicaragua.

Pasaportes

Álvaro Botero Navarro, experto colombiano en temas y defensa de los derechos humanos
Foto: Confidencial |
Cortesía.

Luego del despojo de la nacionalidad, ¿Cuál es la probabilidad de que los pasaportes de los afectados sean invalidados?

El principal impacto, en lo que respecta a su pasaporte y otros documentos de identidad emitidos por las autoridades nicaragüenses, es que estos dejaron de tener validez para esas autoridades.

Ahora bien, teniendo en cuenta la forma arbitraria y sumaria en la que estas personas fueron privadas de su nacionalidad y la mayor vulnerabilidad en la que se encuentran ahora por el hecho de que sus documentos de identidad nicaragüenses no son válidos, las autoridades de los países a donde llegaron o lleguen esas personas pueden, de manera soberana y teniendo en cuenta razones humanitarias, considerar como válidos sus pasaportes y otros documentos de identidad a fin de facilitar su ingreso y permanencia en sus territorios. 

Esa es una decisión que depende de cada país y esperemos que las medidas de los países de la región y del mundo a donde lleguen estas personas estén dirigidas a protegerlas después de toda la persecución y abusos de los que han sido víctimas. 

Aceptar la validez del pasaporte de las 317 personas, no solamente atiende a la situación de extrema vulnerabilidad que enfrentan estas personas, sino que además, responde a los compromisos y propósitos contenidos en la Carta de las Naciones Unidas en donde los Estados partes se comprometieron a cooperar en la solución de problemas internacionales de carácter social y humanitario, a la luz del principio de la dignidad y el reconocimiento del valor intrínseco de la persona humana. 

De igual forma, la eventual decisión humanitaria de aceptar la validez de los pasaportes como mecanismo para facilitar el ingreso de las 317 personas afectadas estaría en consonancia con el principio de la prevalencia de lo sustancial sobre lo formal, que implica el deber de evitar que la aplicación de las normas procesales obstaculice el goce efectivo de los derechos humanos de estas personas. 

Gioconda Belli representó claramente la importancia de reconocer el derecho a la nacionalidad sin importar si existe o no un documento formal que lo acredite, cuando rompió públicamente su pasaporte afirmando “yo no soy este documento. Yo soy Gioconda Belli, soy una poeta nicaragüense y cuando la historia haya olvidado a estos tiranos, yo voy a seguir existiendo en mis libros como poeta nicaragüense”.

¿Qué puede hacer un ciudadano en esta situación?

El grupo de las 317 personas, muchas de las cuales como consecuencia de esta decisión han quedado apátridas al no tener ninguna otra nacionalidad está compuesto por líderes religiosos, líderes campesinos, defensoras y defensores de derechos humanos, periodistas, académicos, diplomáticos, disidentes sandinistas y exfuncionarios del Estado. 

Su única “falta” ha sido denunciar, resistir y oponerse a los abusos cometidos por el régimen, lo cual a juicio del Tribunal de Apelaciones de Managua las hizo acreedoras de la decisión que las privó arbitrariamente de su nacionalidad, sus derechos políticos y  propiedades al considerarlas "traidoras de la patria" en un procedimiento sumario, arbitrario y sin ningún tipo de garantías procesales ni de derecho a una defensa real. 

Recurrir a la privación arbitraria de la nacionalidad como un mecanismo para contrarrestar y silenciar las voces opositoras y de las personas que defienden los derechos humanos es a todas luces inaceptable en una sociedad democrática. 

Sobre esta decisión del Estado nicaragüense, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) señalaron que esto conlleva a “la criminalización de la labor de estas personas, legítima y necesaria en una sociedad democrática”. 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual todavía puede juzgar al Estado nicaragüense por estos hechos, ha sido enfática en destacar el rol esencial que desempeñan las personas defensoras de los derechos humanos “cuya labor es fundamental para el fortalecimiento de la democracia y el Estado de Derecho”. 

La situación en la que han quedado las 317 personas es de extrema vulnerabilidad, ya que desconoce lo que la Corte IDH ha definido como nacionalidad que es el “vínculo jurídico político que liga una persona a un Estado determinado, permite que el individuo adquiera y ejerza los derechos y responsabilidades propias de la pertenencia a una comunidad política” y para aquellas que no tengan otra nacionalidad, las convierte en apátridas de conformidad con la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954, al no ser consideradas como nacionales por ningún Estado. 

Sin embargo, el desconocimiento del vínculo jurídico-político que existe entre la persona y el Estado nicaragüense, es una consideración meramente formal porque no existe ninguna decisión judicial o administrativa que sea capaz de despojarles de su convicción y su sentimiento de ser nicaragüenses.

Como bien lo expresó Sergio Ramírez: “Es un acto arbitrario, al que no le concedo ningún valor porque es imposible que yo deje de ser nicaragüense, tendrían que despellejarme, arrancarme la piel y dejarme en carne viva y ni aun así podrían conseguirlo. Ni quitándome la vida, seguiré siendo nicaragüense más allá de mi propia vida” o monseñor Silvio Báez, quien  dijo que “ser nicaragüense es un orgullo que nadie jamás podrá arrebatarme”.

¿Cómo deberían reaccionar los países que se encuentren casos como estos?

La gravedad de estos hechos debe servir para reforzar el compromiso político, jurídico y moral de responder a la necesidad de protección que tienen estas personas, teniendo en cuenta que la propia Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 reconoce que los Estados partes son conscientes de que todos somos miembros de una misma familia humana con una “concepción común” sobre la prevalencia del respeto universal de los derechos fundamentales. 

Por esto y otras muchas razones, la respuesta que han dado países como Estados Unidos y en especial España, Argentina, Chile, México y Colombia, los cuales han anunciado que todas las personas privadas de su nacionalidad nicaragüense puedan adquirir sus nacionalidades, representan buenas prácticas para responder a la privación arbitraria de la misma y a la apatridia.

¿Qué normas internacionales violó el régimen?

Es una medida arbitraria en tanto incumple con las garantías procesales mínimas. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que, si bien los Estados cuentan con una potestad para determinar los criterios para otorgar y revocar la nacionalidad, deben abstenerse de adoptar medidas discriminatorias o promulgar leyes que priven arbitrariamente a las personas de su nacionalidad por motivos relacionados con su opinión política u otros motivos. 

En este sentido, la CIDH y la Corte Interamericana han establecido que para que una medida no resulte arbitraria, debe, primero, responder a un fin legítimo; segundo, ser la medida menos gravosa para alcanzar el fin deseado; tercero responder al principio de proporcionalidad, que incluye la prohibición de que la medida convierta a la persona en apátrida; cuarto, haberse dado como resultado de una decisión adoptada con sujeción a las garantías del debido proceso; quinto, atender al principio de legalidad; y sexto, no debe ser discriminatoria.

Además, con el hecho de que la medida adoptada por las autoridades nicaragüenses convierte en apátridas a las personas afectadas que no tienen otra nacionalidad y que se dio a través de una decisión sumaria, amparada en una norma posterior y basándose en una motivación política, queda claro que la privación de la nacionalidad nicaragüense es completamente arbitraria.

Viola múltiples derechos humanos de estas personas, ya que no solamente vulnera el derecho humano e inderogable a la nacionalidad contenido en el artículo 20 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sino que además atenta contra derechos como la personalidad jurídica, las garantías judiciales, a la familia, a la dignidad, a la integridad personal, legalidad, derechos políticos, no discriminación, igualdad y protección judicial, y todos los demás derechos fundamentales, en tanto la nacionalidad es un prerrequisito para el ejercicio y goce de los demás derechos humanos. 

Esta decisión, además de volver apátridas a aquellas personas que no tienen otra nacionalidad, también hace que las personas afectadas encuadren dentro de la definición de refugiados, en tanto, dado que tienen fundados temores de persecución por sus opiniones políticas o la pertenencia a determinados grupos sociales, y aunado a lo anterior, carecen de nacionalidad y se hallan fuera del país que antes era su residencia habitual, impedidos de regresar allí a causa de dichos temores. 

Es sumamente importante que estos graves hechos no queden en la impunidad y que el Estado nicaragüense y las autoridades responsables de los mismos sean debidamente investigadas, procesadas y sancionadas por estas graves violaciones a los derechos humanos. 

Una vía es que se activen los mecanismos judiciales del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, del cual todavía es parte Nicaragua, en virtud de su adhesión a la Convención Americana sobre Derechos Humanos o las facultades del Comité de Derechos Humanos para recibir y examinar comunicaciones individuales de acuerdo con la competencia reconocida por Nicaragua con la ratificación del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Pasaportes

Una delegación de la CIDH en la que participaba Álvaro Botero Navarro durante la represión a las protestas en 2018, esperó afuera de El Chipote dos horas, hasta que finalmente les negaron la entrada. Foto: Archivo | Confidencial.

En 2018, usted conoció, como parte de la CIDH, la realidad de Nicaragua y los abusos de derechos humanos denunciados por la población, ¿Qué opina sobre la situación actual del país?

La situación se sigue deteriorando de manera grave y progresiva, solo que van cambiando las formas de represión que veíamos en un primer momento, cuando estábamos monitoreando toda la represión violenta que el Estado estaba dando a las personas que empezaron a protestar a partir de abril de 2018. 

Se evidencia con la eliminación progresiva de toda forma de participación cívica que disienta y se oponga al régimen de Ortega-Murillo. El régimen pasó de asesinar a manifestantes en las calles y en las universidades, a encarcelar a todo aquel que era visto como un opositor sin ninguna garantía judicial, someterlos a tortura.

Todo este contexto ha conllevado a que más de 175 000 personas nicaragüenses se hayan visto forzadas a huir y buscar protección y asilo en otros países, esto significa que más del 2.5% de la población se ha visto forzada a huir de su país de 2018 a la fecha. 

En los años recientes, el régimen también ha acudido a la encarcelación de candidatos presidenciales, la disolución de partidos políticos y organizaciones de derechos humanos, y ahora más recientemente ha recurrido a las expulsiones colectivas de las personas valientemente se les han opuesto, así como perseguirlos, privarlos de su nacionalidad y de sus propiedades y todavía quedan cerca de 40 presos políticos en el país, todo este escenario deja más que claro que el régimen Ortega-Murillo se comporta de acuerdo al manual de las peores dictaduras.

Estoy seguro que contrario a lo que esperaba el régimen, los hechos recientes no han hecho más que reforzar el compromiso y la valentía de todas esas personas que han estado luchando por una Nicaragua libre y democrática. Ejemplos de esto los estamos viendo todos los días. 

En las entrevistas y los mensajes de las redes sociales de muchos de los presos políticos liberados, en acciones como las de doña Vilma Núñez, defensora histórica de los derechos humanos en Nicaragua y fundadora del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) y monseñor Rolando Álvarez, quien valga de paso mencionar, se desconoce su situación tras haber sido condenado a 26 años de prisión por traición a la patria, quienes decidieron quedarse en Nicaragua. 

Al mismo tiempo, esto debe renovar el compromiso de los Estados y los organismos internacionales para responder de forma contundente a la situación de Nicaragua, cuyo actual régimen quiere aislar al país y evitar cualquier forma de monitoreo y juzgamiento por las graves violaciones a los derechos humanos ejecutadas por Ortega, Murillo y quienes avalan su régimen. 

La comunidad internacional no puede olvidarse de las graves violaciones a los derechos humanos que han ocurrido en Nicaragua, el silencio y falta de acciones por parte de los demás Estados no hará más que permitir que la impunidad impere, que estos graves hechos se sigan repitiendo hasta que ya no quede nadie y que el Gobierno de Nicaragua siga en su intento de aislar al país del resto de naciones democráticas.


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Octavio Enríquez

Octavio Enríquez

Periodista nicaragüense, exiliado. Comenzó su carrera en el año 2000, cuando todavía era estudiante. Por sus destacadas investigaciones periodísticas ha ganado el Premio Ortega y Gasset, el Premio Internacional de Periodismo Rey de España, el Premio a la Excelencia de la Sociedad Interamericana de Prensa, y el Premio Latinoamericano de Periodismo de Investigación del Instituto Prensa y Sociedad (IPYS).

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