Logo de Confidencial Digital

PUBLICIDAD 1M

PUBLICIDAD 4D

PUBLICIDAD 5D

Requisitos para tramitar una residencia temporal en Costa Rica | Papeles en Regla

Conozca los requisitos específicos de las categorías: por vínculo con cónyuge costarricense, para personas religiosas y para personal de empresas

Un documento de identificación de residencia temporal en Costa Rica. // Foto: Cortesía

Daguer Hernández

2 de diciembre 2022

AA
Share

El tema que abordamos en esta ocasión versa sobre el gran apartado establecido en el artículo 79 de la Ley General de Migración y Extranjería de Costa Rica, según el cual, por medio de diferentes supuestos, una persona puede optar por una residencia temporal en Costa Rica.

Para todos los supuestos o categorías hay requisitos generales y específicos que deben de cumplirse, así como una caracterización de la razón por la cual la persona está solicitando o aplicando a esta residencia temporal.


La Dirección General de Migración le otorga a la persona Residente Temporal una permanencia por tiempo definido y una autorización para ejercer, o no, una determinada actividad laboral remunerada, de forma intelectual o manual, según las categorías migratorias que vamos a comentar en esta entrega que son: por vínculo con cónyuge costarricense, para personas religiosas y para personal de empresas.

Requisitos generales para residencia temporal en Costa Rica

La solicitud, conforme Reglamento de Extranjería (Decreto Ejecutivo Nº 37112-GOB y sus posteriores reformas), señala que se deberán cumplir con los siguientes requisitos generales:

  • Solicitud de permanencia legal por medio de una carta donde se indica el nombre, apellidos, nacionalidad, profesión u oficio, número de pasaporte, fecha de entrada a Costa Rica, estado civil. La carta también debe indicar la condición migratoria pretendida (en este caso es la residencia temporal), y debe estar firmada por la persona extranjera en presencia del funcionario público de Migración o debidamente autenticada por un abogado.
  • Dos fotografías recientes tamaño pasaporte.
  • Certificación de nacimiento de la persona extranjera emitida en el país de origen debidamente legalizada y autenticada o apostillada.
  • Certificación de antecedentes penales de la persona extranjera, mayor de edad, emitida por el país de origen o por el lugar donde haya residido legalmente los últimos tres años. Dicha certificación será debidamente legalizada y autenticada o apostillada. Deberá, además, demostrar la legalidad de su permanencia en ese país mediante copia certificada del documento migratorio obtenido en el plazo indicado.
  • Fotocopia de las páginas de su pasaporte donde se encuentren:
  1. Las calidades de la persona extranjera
  2. El sello de ingreso a Costa Rica
  3. La visa de ingreso (en caso de que por su nacionalidad así lo requiriera). Dichas fotocopias deberán ser confrontadas con las páginas originales por la persona extranjera en presencia del funcionario público de Migración o tendrá que ser debidamente autenticada por un notario público.

Pagos:

Lo preferible sobre los pagos es hacerlos en la ventanilla del Banco de Costa Rica de forma presencial:

  • Pago a favor del Gobierno, al tipo de cambio de referencia, por cincuenta dólares ($ 50). En el detalle debe indicar el nombre de la persona extranjera y preferiblemente la frase “Solicitud de permanencia legal” bajo la categoría migratoria de residente temporal.
  • Pago a favor del Gobierno por concepto de especies fiscales por quinientos colones (CRC 500) donde, en su detalle, debe indicar el nombre de la persona extranjera y preferiblemente la palabra “Timbres” bajo la categoría migratoria de residente temporal.
  • En el caso de haber entrado como turista, debe hacer un pago a favor del Gobierno, al tipo de cambio de referencia, por doscientos dólares ($ 200), indicando el nombre de la persona extranjera y preferiblemente la frase “Cambio de categoría migratoria”.

A continuación, se enumeran los requisitos específicos según la categoría bajo la cual se solicita la residencia temporal:

Vínculo con cónyuge ciudadano costarricense

Debe de cumplir con los siguientes requisitos específicos:

  • Certificado de matrimonio inscrito en Costa Rica o, si no, certificado de la unión de hecho por medio de la certificación de resolución judicial.
  • Cuando sean convocados deben de presentarse ambos cónyuges a las oficinas administrativas de la Dirección General de Migración y Extranjería para rendir ante un funcionario una entrevista individual de ratificación de datos. La entrevista o verificación también la puede llevar a cabo la Policía Profesional de Migración.
  • Presentar pruebas que demuestren el conocimiento recíproco entre la pareja: fotografías, mensajes de WhatsApp, cartas, correos electrónicos, videos. Todo lo anterior no debe contener fotografías obscenas o pornográficas de la relación.
  • Fotocopia de la cédula de identidad del o la cónyuge costarricense, confrontada con su original por la persona extranjera en presencia del funcionario público de Migración o debidamente certificada como copia por un notario público.

Cómo conseguir un permiso laboral como migrante en Costa Rica | Papeles en Regla

Residencia para personas Religiosas

Dentro de esta categoría de residentes temporales también se incluyen las personas que ofician, son sacerdotes o pastores, o cumplen una función dentro de una religión.

La característica, en este caso, es que su religión debe tener una figura jurídica válida en Costa Rica (por ejemplo: una asociación) y debe estar inscrita como Asociación de Culto dentro de la Dirección de Culto del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Concretamente, las personas religiosas que apliquen bajo esta categoría deben cumplir con los siguientes requisitos específicos:

  • Certificación de la congregación religiosa firmada por el representante legal.
  • Certificación original de personería jurídica de la persona jurídica.
  • Certificación de que la asociación o congregación religiosa se encuentra inscrita ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Cuando sean religiosos católicos, además de lo anterior, deberán presentar:

  • Carta emitida por la Conferencia Episcopal donde garantice la permanencia de la persona extranjera y en la que se indique el lugar donde prestará sus servicios y carta de la congregación religiosa donde prestará sus servicios.

Ejecutivos, representantes, gerentes y personal técnico de las empresas

Dentro de esta categoría de residente temporal también se incluye a las personas que tienen empresas constituidas en Costa Rica, y que están formalmente inscritas en el Ministerio de Hacienda, tienen la patente comercial de la municipalidad respectiva y permiso sanitario de funcionamiento del Ministerio de Salud, y están inscritas en la Caja Costarricense del Seguro Social.

Dentro de estas empresas se puede regularizar a ejecutivos, representantes, gerentes y personal técnico de tales empresas.

Deben de cumplir con los siguientes requisitos específicos:

  • En el caso de ejecutivos y gerentes, deberán presentar una certificación firmada por el representante legal de la empresa contratante donde se indique que dicha persona laborará para la empresa, el puesto que desempeñará y el periodo que permanecerá en Costa Rica, indicando también el salario mensual a percibir.
  • Certificación de que la empresa está al día en el pago de la póliza de riesgos del trabajo.
  • Certificación de personería jurídica de la empresa.
  • Comprobante que demuestre que la empresa o sociedad se encuentra al día en el pago de los tributos nacionales y municipales.
  • Certificación de ingresos y balance de situación realizado por un contador público autorizado.

Sobre los empleados especializados, es decir con currículos y funciones específicas, sobre los cuales se hace una consulta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para revisar si su contratación no provoca desplazamiento de la mano de obra nacional, así como sobre las otras categorías de residencias temporales, hablaremos en las siguientes entregas para abarcar los requisitos específicos señalados en el reglamento y las posibilidades de adquirir un estatus migratorio legal bajo las mismas.

Si tiene alguna duda o desea que abordemos en este espacio algún otro tema en particular relacionado a trámites migratorios para personas migrantes en Costa Rica, puede escribirnos al correo [email protected].

PUBLICIDAD 3M


Tu aporte nos permite informar desde el exilio.

La dictadura nos obligó a salir de Nicaragua y pretende censurarnos. Tu aporte económico garantiza nuestra cobertura en un sitio web abierto y gratuito, sin muros de pago.



Daguer Hernández

Daguer Hernández

Daguer Hernández es abogado y notario y cursa una maestría en Derecho Internacional de los Derechos Humanos de la Universidad para la Paz de Naciones Unidas. Tiene doce años de experiencia en la administración pública, y fue subdirector de Migración, bajo el Gobierno de Carlos Alvarado, en Costa Rica.

PUBLICIDAD 3D