16 de marzo 2022
Los juicios contra los presos políticos en Nicaragua suman cada vez más irregularidades. La más reciente: Los jueces del régimen se han negado a especificar, en las sentencias, el sistema penitenciario donde los opositores cumplirán las condenas, lo que —según los defensores— deja en un “limbo” a los reos de conciencia, ya sus abogados no saben a quién recurrir para solicitar ciertos derechos y beneficios carcelarios para los prisioneros.
La decisión de los jueces viola, además, el artículo 154 del CPP —referido al contenido de las sentencias— que establece, en su numeral nueve, que el juez “en las penas o medidas de seguridad fijará provisionalmente la fecha en que la condena finaliza y el centro penitenciario al que será remitido”.
“Los jueces están quebrantando ese requisito de la sentencia”, dijo uno de los abogados defensores.
Henry Salatiel López, abogado defensor del preso político Alex Hernández, tras la lectura de sentencia de parte del juez Félix Salmerón Moreno, del Quinto Distrito Penal de Juicio, alertó que el judicial no especificó en qué sistema penitenciario pagará condena el reo de conciencia, por lo que este continuaría detenido en las celdas de El Chipote.
Esta irregularidad se repite en las sentencias contra los presos políticos encarcelados en el complejo Evaristo Vásquez, conocido como El Chipote, por lo que los defensores asumen que la idea del régimen es mantenerlos en las instalaciones policiales de la Dirección de Auxilio Judicial (DAJ).
“Nosotros presumimos que estarán en El Chipote, que no es un sistema penitenciario, ni lugar para pagar una condena”, subrayó otro abogado que solicitó omitir su nombre.
Casos de Managua
Esta violación al Código Penal ha sido consistente entre los seis jueces orteguistas a cargo de condenar y sentenciar a los presos políticos. Estos son: Salmerón Moreno; Luden Martín Quiroz García, del Juzgado Noveno Distrito Penal de Juicio de Managua; Ángel Jancarlos Fernández González, del Juzgado Cuarto; Ulisa Yahoska Tapia Silva, del Juzgado Décimo Tercero; Nadia Camila Tardencilla Rodríguez, del Juzgado Segundo del Distrito Penal de Juicio; y Nancy Aguirre Gudiel, del Juzgado Décimo.
Desde el 1 de febrero hasta el 9 de marzo, la justicia orteguista ha condenado a más de treinta opositores, de unos cuarenta ciudadanos capturados previo a las votaciones del año pasado y procesados por los supuestos delitos de “conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional en perjuicio del Estado de Nicaragua” y “propagación de noticias falsas”.
De esta treintena, 21 presos políticos —con sentencias de entre ocho a trece años de cárcel— permanecen en El Chipote; nueve se encuentran bajo el régimen de casa por cárcel; y los demás fueron recluidos en los diferentes penales del país, principalmente el sistema penitenciario de Managua, La Modelo.
En el caso de los presos políticos condenados en los departamentos: Alexis Peralta Espinoza, Douglas Cerros Lanzas y Santos Camilo Bellorín, los jueces establecieron que pagarán su condena en el sistema penitenciario de Estelí; mientras que Donald Alvarenga lo hará en el penal de Chinandega.
Privados de derechos
López dijo que la Ley 745 o de Ejecución, Beneficios y Control Jurisdiccional de la Sanción Penal, y la Ley 473 o del Régimen Penitenciario y Ejecución de la Pena, establecen ciertos derechos y beneficios a los que no pueden acceder los presos políticos que no tiene fijado un sistema penitenciario.
Ejemplificó que, en el caso de la muerte de un pariente cercano, un reo tiene derecho a un permiso —de hasta 72 horas— para estar con su familia, y este tiene que ser solicitado al director del sistema penitenciario. En el caso de los presos políticos, no sabrían a quién dirigir una solicitud.
“Los condenados (sin un penal definido) están en una indefensión jurídica. Como defensa no sabemos a cuál autoridad administrativa penitenciaria recurrir para solicitar un beneficio o promover un incidente”, destacó López.
Otro de los abogados subrayó que “en el sistema penitenciario ellos (presos) tienen derecho a recibir visitas de sus hijos menores de edad, pero en El Chipote no. (En los penales) las visitas son periódicas, cada 15 o 21 días, pero en El Chipote son de sorpresa cada 45 o 60 días, y solo de un familiar mayor”.
Añadió que en los sistemas penitenciarios, los presos pueden salir al patio, jugar algún deporte y leer libros, pero “en El Chipote están aislados en una celda”.
“En el sistema penitenciario también tienen derecho a trabajar, y este trabajo abona a la pena, en el caso de El Chipote no sucede eso”, destacó el defensor.