La Policía Nacional impuso los 50 kilómetros por hora (km/h) como nuevo límite de velocidad para circular en las carreteras de Nicaragua, según una “nota informativa” de la institución publicada el 17 de junio de 2025.
Este límite de velocidad en Nicaragua aplica solo para los conductores de vehículos particulares y los de transporte público o privado de carga o pasajeros; mientras, que los conductores de motocicletas deberán manejar en carreteras a un máximo de 40 km/h y se les prohibió que transporten a niños como pasajeros.
El nuevo límite de velocidad fue impuesto 15 días después que Daniel Ortega ordenó implementar un “plan donde no se pueda correr en las carreteras”, alegando una supuesta preocupación por los accidentes y muertes en las vías.
El mandatario adelantó que “si el límite es de 50 kilómetros por hora o es de 60 kilómetros por hora, van a alegar que eso les va a provocar pérdidas porque es más tardanza. Ah, pero ¿qué vale más, un camión con mercadería o la vida de un ciudadano?”.
El 10 de junio de 2025, la Policía Nacional informó que el límite de velocidad era de 80 km/h y que multarían a quienes no lo cumplieran. La orden policial contraviene el artículo 37 de la Ley de 431 o Ley para el régimen de circulación vehicular e infracciones de tránsito, que establece que el máximo de velocidad es de 100 km/h.
Tras anunciarse el límite de velocidad en carreteras 80km/h, la Asociación de Transportistas Nicaragüenses (ATN) dijo al canal Vos TV que estaba de acuerdo con la medida y sugirió que extendieran de ocho a doce horas el tiempo de circulación permitido para los conductores de carga pesada.
Medidas antes del nuevo límite de velocidad
Desde finales de 2024, el dictador Ortega ordenó a la Policía Nacional reducir los accidentes de tránsito. Las primeras medidas fueron la detención de conductores ebrios por hasta 72 horas y la de conductores sin documentos, o con licencias vencidas, por 24 horas. Asimismo, la aplicación de multas.
Con estas medidas, esta institución pronto rebasó su meta de recaudación por multas de tránsito. Según el informe de ejecución presupuestaria de 2024, ese año recolectaron 393 millones de córdobas, unos 109 millones más que los 284 millones esperados. Para 2025, la meta es de 403 millones de córdobas.
“Diariamente en nuestro país están (detenidos) un mínimo de seis personas en estado de ebriedad. Los fines de semana se mueven entre 50 y 90 que van a las celdas, les salvamos la vida, que van en estado de ebriedad”, admitió en marzo de 2025, la comisionada general, Vilma Reyes, de la Dirección de Tránsito Nacional de la Policía Nacional, en entrevista con el oficialista Canal 4.
Muertes en accidentes bajaron “milagrosamente”
Los accidentes de tránsito, muertes y lesionados registraron un aumento sostenido en la última década; sin embargo, tras las nuevas disposiciones se “redujeron”, según los informes de la Policía Nacional.
2024 cerró con 937 fallecidos por accidentes, lo que representó una reducción del 7.5% en comparación con los 1014 reportados en 2023. Esta fue la primera vez que se registró una disminución en la última década.
Sin embargo, los reportes policiales son cada vez más opacos. La Policía no publica los anuarios estadísticos desde 2021. En los informes semanales tampoco dice el acumulado de cuántos accidentes se registran ni cuántas multas aplican. Una información que antes sí la reportaban.
Tampoco reportan cuál es el acumulado de fallecidos. El último informe semanal, divulgado el 17 de junio de 2025, se limitó a informar que hubo ocho fallecidos y 1142 colisiones en la última semana.
Según la Policía, las principales causas de los accidentes de tránsito en Nicaragua son “el exceso de velocidad y la embriaguez”.