4 de septiembre 2024
Las reformas a la Ley 977 o Ley contra el lavado de activos y financiamiento al terrorismo aprobadas por la Asamblea Nacional, controlada por el orteguismo, profundizarán la vigilancia ya existente sobre el envío y recepción de remesas y también las transferencias bancarias, valora el economista y expreso político, Juan Sebastián Chamorro.
"Esta reforma tiene el objetivo de tener más control de la información. Probablemente encontraron alguna forma en la cual los agentes de remesas o los mismos individuos podían pasar este requerimiento de información. Y uno de ellos seguramente era el envío de remesas por la vía privada", opina.
La ley original autorizaba a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) a pedir información "sobre originadores y beneficiarios de transferencias electrónicas y de servicios de remesas" en su artículo 24. Sin embargo, este fue reformado y ahora esta institución será el órgano que "establecerá normativas para la obtención de la información", pero será hasta que los aprueben que se conocerán los criterios que usarán.
Chamorro recuerda que con la integración de los servicios bancarios y otros servicios de transferencia es más fácil enviar dinero sin entregar información, y recalca que detrás de estas reformas puede haber un "interés político de vigilancia".
"Esto es para fines de control de información, control de saber exactamente cuánto es la cantidad que está recibiendo cada individuo y muy seguramente van a tener el ojo puesto sobre los familiares de opositores o opositores mismos que estén todavía en Nicaragua recibiendo dinero con el objetivo de persecución política", advierte Chamorro, quien fue desnacionalizado.
En la iniciativa, que fue aprobada por la aplanadora del régimen en la Asamblea Nacional, se detalla que la medida abarca tanto a personas naturales o jurídicas que “actúen como instituciones financieras originadoras, intermediarias y/o beneficiarías, tanto en el caso de operaciones transfronterizas como nacionales".
En las reformas también ampliaron el concepto de "proveedores de servicios de remesas y similares". Originalmente se limitaba a los negocios consistentes en la aceptación de efectivo, cheques o cualquier otro instrumento monetario.
Sin embargo, ahora se incluyen a "las personas naturales o jurídicas que tengan como fin principal o dentro de sus actividades la aceptación de dinero en efectivo, cheques o cualquier otro instrumento monetario u otro medio de almacenamiento de valor y el consecuente pago de una suma equivalente en efectivo".
En Nicaragua, las remesas han tenido un crecimiento exponencial en los últimos años. Solo en el primer semestre de 2024, los nicaragüenses recibieron 2477.8 millones de dólares por concepto de remesas familiares, un 11.9% más que en el mismo período de 2023, informó el Banco Central de Nicaragua.
En 2023, Nicaragua captó un nuevo récord de 4660.1 millones de dólares en concepto de remesas familiares -un 40.5 % más que en 2022-, de los cuales 3563 millones provinieron de Estados Unidos. Ese año las remesas familiares representaron un 26.1% del Producto Interno Bruto (PIB) de Nicaragua.
Banco obligados a romper sigilo
La Ley 977 contempla la inmovilización de fondos y activos en casos de personas naturales, personas jurídicas u organizaciones criminales. Entre las reformas también se añadió la creación de un reportes de operaciones sospechosas.
Asimismo, se ordena a los "sujetos obligados", entre ellos bancos, sociedades financieras, sociedades de seguros, reaseguros y fianzas, puestos de bolsa, microfinancieras, a informar a la UAF directamente, sin poder aducir reserva o sigilo de tipo alguno, sobre las personas naturales o jurídicas sospechosas de la comisión de delitos de lavado de dinero.
Sobre las personas jurídicas y estructuras jurídicas, ya sean nacionales o extranjeras establecidas en Nicaragua, la reforma les ordena a conservar "información adecuada, precisa y actualizada sobre su beneficiario final y su estructura de propiedad y control".
Las autoridades judiciales, de supervisión, investigativas, la UAF y demás autoridades competentes tendrán acceso a esa información de las personas jurídicas de forma oportuna, según la iniciativa.
Las personas jurídicas y estructuras jurídicas deberán suministrar dicha información en los trámites que realicen ante las entidades públicas, financieras u otros sujetos obligados, cuando estas se las requieran, detalla el texto.
Supuesto lavado de dinero
Durante la votación a las reformas, el diputado sandinista, Wálmaro Gutiérrez, afirmó que los cambios pretenden combatir el lavado de dinero del narcotráfico y del crimen organizado a través de esas remesas.
“Si de repente a través de una supuesta remesa estoy mandando 2000, 3000, 4000, 5000 dólares cada 20 minutos, porque se puede hacer con un software, obviamente yo estoy lavando dinero a través de una supuesta remesa. Eso es lo que está haciendo la ley, persiguiendo a los delincuentes”, alegó Gutiérrez.
A juicio de Chamorro, este es un argumento vacío que ha usado la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo para perseguir opositores. “Recordemos la cantidad de presos políticos que han habido desde el 2018, que han sido acusados por lavado de dinero, incluyendo la totalidad de la Fundación Violeta Barrios”, valora.
Designan nuevos supervisados
En las reformas hubo una redistribución de la supervisión de los sujetos obligados a reportar información a quienes se les asignó reguladores prudenciales. A estos se les dio autoridad para establecer normativas para la entrega de datos requeridos.
A la Policía Nacional se le asignó la regulación de las actividad comercial con vehículos nuevos o usados. Mientras, al Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa (Mefcca) se le ordenó regular las cooperativas que realizan intermediación financiera u
otorgamiento de cualquier forma de financiamiento de las cooperativas de ahorro y crédito
Por su parte, a la comisión Nacional de Microfinanzas (CONAMI) se le asignaron las actividades de proveedores de servicios de empeño y préstamo, a la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras (SIBOIF) las operaciones de factoraje, arrendamiento financiero y proveedores de servicios fiduciarios.
El Ministerio de Energía y Minias (MEM) será quien regule los comerciantes de metales preciosos o piedras preciosas y el Instituto Nicaragüense de la Vivienda y Rural (INVUR) los corredores de bienes raíces.
"Todas esas entidades van a tener un ente supervisor y regulador prudencial, para que las actividades de negocios que realicen no sean utilizadas para lavar dinero al narcotráfico. Si llega alguien por ejemplo a una casa comercial con una maleta llena de dinero, este sujeto obligado que vende vehículo, tiene una regulación prudencial y tiene la obligación de sentar a esa persona que llega a comprar el vehículo y preguntar de dónde salió la plata", justificó Gutiérrez.