
31 de enero 2025
PUBLICIDAD 1M
PUBLICIDAD 4D
PUBLICIDAD 5D
Presidente del Banco Central tendrá bajo su coordinación a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y el Fondo de Depósitos, según iniciativa de ley
Ovidio Reyes, presidente del Banco Central de Nicaragua, participa en una actividad empresarial china en Managua, el 18 de noviembre de 2024. // Foto: CCC
El régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo envió tres iniciativas de ley a la Asamblea Nacional con las que pretende, entre otras cosas, ampliar los poderes otorgados al presidente del Banco Central de Nicaragua, Ovidio Reyes, al que ya se le había dado la facultad de controlar a la Superintendencia de Bancos. Ahora, proponen una legislación para regular el existente Comité de Estabilidad Financiera (CEF), que Reyes presidirá, por lo que tendrá incidencia sobre otras tres entidades estatales.
Adicionalmente, la dictadura propone reformar la Ley 551, Ley del Sistema de Garantías de Depósitos, del que se deriva el Fondo de Garantías de Depósitos (Fogade), lo que elevará la prima anual que tienen que enterar las instituciones financieras.
A la vez, se ordena reformar la Ley 561, Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias, y Grupos Financieros con lo que, entre otras cosas, se elevará hasta los 500 millones de córdobas, el capital social mínimo para abrir un banco nacional, o una sucursal de uno extranjero.
En la víspera de la celebración de Navidad de 2024, Daniel Ortega envió a la Asamblea Nacional una iniciativa de Ley de Administración del Sistema Monetario y Financiero que reformó el modo en que operan el Banco Central de Nicaragua (BCN), y la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif). El texto fue aprobado el 27 de diciembre, y publicado en La Gaceta, Diario Oficial, el 30 de ese mismo mes.
“No creo que sea sensato que la política económica de un sector o de un país, dependa de una sola persona”, opinó en una entrevista previa, el economista Juan Sebastián Chamorro, exviceministro de Hacienda. El experto no cuestiona las capacidades de Reyes para manejar la economía del país, sino “la falta de pluralidad de visiones”.
Aunque no sea recomendable, ese proceso seguirá fortaleciéndose una vez que entre en vigencia la ley que regulará al CEF, cuya presidencia recaerá en el titular del Banco Central. El organismo también estará integrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP, así como por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif).
De hecho o de derecho, Reyes ya ejerce algún tipo de control sobre ambas entidades.
Los nuevos entes que pasan a estar bajo su coordinación —al menos en materia de estabilidad financiera— son la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y el Fogade. Adicionalmente, la Comisión Nacional de Microfinanzas (Conami), y el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (Mific), también tendrán que apoyarlo en esas tareas.
La reforma a la ley de la que depende el Fogade elevará en 20% la prima anual que tienen que enterar las instituciones financieras, la que pasaría de 0.25% a 0.30%, pudiéndose elevar en 0.1% adicional, “de acuerdo al nivel de riesgo de cada institución”, lo que será determinado por la Siboif.
En paralelo, también se incrementará el monto de los depósitos del público que estarán protegidos en caso de quiebra de un banco, pasando de 10 000 dólares a 12 000 dólares, como monto total a proteger por ahorrante, sin importar la cantidad de cuentas que esa persona tenga.
El nuevo cuerpo legal permitirá invertir los recursos del Fogade “en instrumentos nacionales, en adición a los extranjeros, con el objetivo de diversificar riesgos y mejorar los rendimientos”. Esas inversiones serán realizadas “exclusivamente” por el BCN, con apego a los mismos criterios de inversión que se aplican al trabajar con las reservas internacionales.
Otro cambio a aprobar detalla cómo y con cuánta profundidad deberá ser la coordinación entre el Fogade y la Siboif, en especial al momento de enfrentar la quiebra de alguna entidad bajo su mandato.
Por su parte, la reforma a la ley Ley General de Bancos elevará hasta los 500 millones de córdobas, (un poco menos de 13.7 millones de dólares, al cambio oficial), el capital social mínimo para abrir un banco nacional, o la sucursal de uno extranjero. Ese monto será actualizado al menos cada dos años, en dependencia de que haya variaciones significativas de la tasa de cambio del córdoba, o por otros factores que determine la Superintendencia.
Uno de los objetivos de esta reforma es delimitar la responsabilidad de los accionistas mayoritarios frente a procesos de resolución y liquidación bancaria “para que respondan con su patrimonio en la entidad, y con su patrimonio personal”. A la vez, pretende fortalecer la composición del gobierno corporativo de las entidades financieras, “mediante la integración de directores independientes”, que solo podrán ser dados de baja antes del vencimiento del período para el que fueron electos, luego de obtener la no objeción de la Superintendencia.Un cambio adicional tiene que ver con las entidades que pasan a ser reguladas por esa ley, al incorporar a las cooperativas de ahorro y crédito y a los proveedores de servicios de tecnología financiera de intermediación y financiamiento bajo la regulación y supervisión de la Superintendencia.
PUBLICIDAD 3M
Periodista nicaragüense, exiliado en Costa Rica. Durante más de veinte años se ha desempeñado en CONFIDENCIAL como periodista de Economía. Antes trabajó en el semanario La Crónica, el diario La Prensa y El Nuevo Diario. Además, ha publicado en el Diario de Hoy, de El Salvador. Ha ganado en dos ocasiones el Premio a la Excelencia en Periodismo Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, en Nicaragua.
PUBLICIDAD 3D