Logo de Confidencial Digital

PUBLICIDAD 1M

PUBLICIDAD 4D

PUBLICIDAD 5D

La COP26 y la criminalización del Ecocidio en el Derecho Penal Internacional

El Ecocidio debe estar a la par de los cuatro crímenes que define la CPI: Genocidio, Crímenes de lesa Humanidad, Crímenes de Guerra, y, Agresión

La canciller alemana Angela Merkel arriba al centro de conferencias del COP26, en Glasgow, Reino Unido. Foto: Efe

Citlali Rovirosa-Madrazo

2 de noviembre 2021

AA
Share

En 1996, cuando el mundo era arrullado con los cuentos de la globalización económica, los primeros borradores del Estatuto de Roma –instrumento rector de la Corte Penal Internacional— habrían sido trasquilados, eliminando cruciales cláusulas relativas a la tipificación del crimen de Ecocidio.

Mientras el capitalismo corporativo patriarcal se encauzaba hacia su fase más destructiva, y mientras el mundo rumiaba falsas promesas del neoliberalismo, el texto preliminar del citado Estatuto era seccionado, dejando fuera párrafos relativos al crimen de Ecocidio. ¿Una genuina razón de técnica jurídica y jurisprudencia? ¿Un acto de censura, una inocente distracción de los delegados nacionales y abogados internacionales de la naciente Corte? O un ardid político a instancias de países como Estados Unidos, el Reino Unido y Francia en las horas cruciales de la globalización… Nadie parecía en aquellos días percatarse de las repercusiones de esta ‘maniobra editorial’, y aunque pocos tienen conocimiento sobre este episodio en la historia de la CPI, las consecuencias serían catastróficas.


Al seccionar cláusulas decisivas del borrador original del Estatuto de Roma (ER), se eliminaba la iniciativa de poner Ecocidio a la par de los otros cuatro crímenes que definen la misión de la Corte Penal Internacional (CPI) —a saber, el Crimen de Genocidio, los Crímenes de lesa Humanidad, los Crímenes de Guerra, y, el Crimen de Agresión (éste último de más reciente adición).

Casi tres décadas después, el Panel Intergubernamental de Expertos sobre Cambio Climático (IPCC) de la ONU publicaba su más demoledor informe, corroborando lo que se sabía tiempo atrás, pero subrayando que estamos ante una grave emergencia y que nuestra civilización logró desestabilizar, en tiempo récord, el sistema climático, cuyo equilibrio natural había tomado millones de años de evolución. El citado informe, resultado del consenso de miles de científicos del mundo, reitera que es inequívoco que la actividad industrial humana “ha calentado la atmósfera, el océano y la tierra”, provocando daños planetarios sin precedentes y en algunos casos irreversibles. Las consecuencias, tanto para los millones que ya han padecido en carne propia las catástrofes; como para quienes han visto desfilar en sus pantallas imágenes dantescas, son indiscutibles: incendios forestales, inundaciones, desbordamientos, extinción de miles especies, sequía, hambre, éxodos y emigración masiva.

Para entender esto volvamos a ese momento histórico de 1996: con las modificaciones al texto original del citado Estatuto de Roma, la destrucción de los ecosistemas y toda forma de vida en ellos contenida, y la alteración de la atmósfera por las emisiones industriales de gases de efecto invernadero (GEI) quedarían permisibles e impunes.

Corrían los años noventa, eran los días del auge y consolidación de las políticas neoliberales que habían sido impuestas la década anterior durante los Gobiernos de Margaret Thatcher y Ronald Reagan. El mundo había sido embrujado bajo los efectos de la tecnología y el llamado ‘libre comercio’ (comercio forzoso, como prefiere llamarlo Vandana Shiva). Distraídos, pocos entendieron que la destrucción de la Tierra era un crimen que podía y debía ser evitado —un crimen en el que todos los habitantes del planeta éramos agraviados. La globalización económica, o más precisamente globalización corporativa, con todos sus Acuerdos de Libre Comercio (TLC) había cautivado al mundo. Pocos entendían que con ello se iniciaba la pavimentación del terreno para que las corporaciones extractivas y los Gobiernos e instituciones financieras que las sustentaban, operasen con impunidad en sus planes de explotar indiscriminadamente los recursos naturales; arrasando con la Tierra, envenenando su atmosfera, sus ríos, mares y bosques, y, perpetuando la extracción de combustibles fósiles, generadora de esas emisiones causantes del calentamiento global hoy negociadas en la Cumbre de COP26.

COP26 nos orilla a volver al momento histórico de las citadas modificaciones al Estatuto de Roma. Dos hechos paralelos llaman la atención: la creación de la Organización Mundial del Comercio (OMC) pocos meses antes de la modificación al citado primer borrador, y, la publicación, en 1995, del segundo reporte del IPCC (que conduciría al Protocolo de Kioto y en el que ya se hablaba del impacto en la atmosfera del cambio de uso de la tierra) —ambos acontecimientos ocurridos poco antes de la creación de la Corte Penal Internacional.

Ahora bien ¿podrían las ‘manos invisibles del mercado’ haber afectado el destino del Estatuto de Roma? Una de las funciones de la OMC, recordemos, sería dictar las normas que rigen el comercio internacional —comercio que existe precisamente gracias a la explotación y mercantilización de los recursos de la Tierra. Recordemos, por cierto, que el marco legal original de la OMC contiene acuerdos sobre la propiedad intelectual (el ADPIC, también creado en 1996) cuyas normas estipulan la protección de las patentes farmacéuticas a costa de la salud pública mundial y explican aspectos del impedimento a los países pobres al acceso universal a las vacunas contra la covid-19.

Ciertamente, en los años de la creación de la OMC, pensar en criminalizar la destrucción indiscriminada del medio ambiente, tal como se establecía en la propuesta original del ER, equivalía a cuestionar los principios del neoliberalismo ya plasmados en la OMC. Implicaba echar reversa en las políticas fomentadas por aquella. Estas políticas llevarían al mundo a la explotación insaciable de los recursos naturales, al despojo de los territorios y tierras de los pueblos indígenas, a la privatización de todos los bienes de la naturaleza, la imposición de patentes, incluso en las semillas de la Tierra, y, la deforestación para favorecer las industrias agrícola y ganadera —entre muchas otras ignominias que nos llevaron a la antesala de la COP26.

No todo está perdido; afortunadamente no es tarde para revertir el histórico error de 1996. Tal es el objetivo de un panel de notable juristas internacionales y especialistas convocados desde la sociedad civil por la Fundación Stop Ecocide, que dio a conocer recientemente su propuesta de enmiendas al Estatuto de Roma, a fin de lograr definitivamente la tipificación del ecocidio como crimen internacional. Hoy día, juristas y delegados de dicha organización asisten a la Cumbre del COP26 con un extenso y didáctico programa explicando la naturaleza del crimen de Ecocidio y promoviendo su criminalización.

Sin las enmiendas al ER, los cuatro crímenes arriba citados (Genocidio, Crímenes de lesa Humanidad, Crímenes de Guerra, y Crimen de Agresión) están simple y sencillamente incompletos. La tipificación del delito de Ecocidio implica el reconocimiento de que, todos los derechos humanos, sin excepción, son potencialmente afectados como resultado de la perpetración de los crímenes contra el medio ambiente, incluyendo la atmósfera. El reciente reconocimiento de la ONU del derecho humano a un ambiente sano es buena noticia, pero no es suficiente, pues otorga derechos, pero no propicia mecanismos para castigar a los culpables por la violación de dichos derechos; de ahí la importancia de la Ley de Ecocidio.

Es cierto que no son pocos los abogados escépticos de la iniciativa de Stop Ecocide y que hace falta un consenso amplio entre juristas internacionales. Pero, haber logrado el consenso hacia una definición de Ecocidio como un crimen que debe figurar en el derecho penal internacional —idea que ha recibido el beneplácito del secretario general de Naciones Unidas, António Guterres, y del Papa Francisco— es esperanzador. Se trata del paso decisivo que podría conducir, de una vez por todas, a un cambio radical en la forma en que nos relacionamos con la naturaleza, rompiendo con paradigmas antropocéntricos que la conciben como mercancía y como un ente ajeno y separado de los humanos. Lograr la criminalización del ecocidio significará, ante todo, un triunfo en la batalla por la defensa de la vida misma. La COP26 no puede quedar al margen de esta iniciativa.


Archivado como:

PUBLICIDAD 3M


Tu aporte nos permite informar desde el exilio.

La dictadura nos obligó a salir de Nicaragua y pretende censurarnos. Tu aporte económico garantiza nuestra cobertura en un sitio web abierto y gratuito, sin muros de pago.



Citlali Rovirosa-Madrazo

Citlali Rovirosa-Madrazo

Periodista y socióloga mexicana. Es máster y doctora por la Universidad de Essex, Inglaterra. Actualmente es investigadora visitante del Interdisciplinary Global Development Centre (IGDC) de la Universidad de York, Inglaterra.

PUBLICIDAD 3D