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Elecciones anticipadas: ¿Premisa o conclusión?

Las elecciones anticipadas exigen estructurar la participación ciudadana en torno al el tipo de sociedad que queremos

Gerardo González

19 de agosto 2020

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El año 2021 está, como decimos, a la vuelta de la esquina, cuando, 2018 aún no se pierde de vista.
Todavía se escucha en el ambiente el eco de la voz de la juventud, el 16 de mayo de 2018, clara y fuerte, tan clara como son los ojos de los jóvenes y tan fuerte como la explosión que sacudió y fracturó definitivamente los cimientos del régimen, voz que lamentablemente por los avatares, la inexperiencia y los cantos de sirena que siempre embelesan a los navegantes, llevó a la nave del movimiento social a las aguas tormentosas de las que aún no logra salir.

No es mi pretensión, adelantar, ni ofrecer rutas ni soluciones en el imbricado laberinto. Mi intención es meramente reflexiva y se centra en el significado esencial de una de las consignas más claras surgida de la crisis de abril y salidas de esa misma mesa del 16 de mayo: “elecciones anticipadas”, precisamente cuando 2021 está a la vuelta de la esquina y abril del 2018 aún no se pierde de vista.


"La lógica –dicen Copi y Cohen en el primer párrafo de su obra (Introducción a la Lógica, 2009, Lamusa, CDMX)- es el estudio de los métodos y principios que se usan para distinguir el razonamiento bueno (correcto) del malo (incorrecto)”. Luego, concluyen la introducción al estudio diciendo: "…un argumento es un grupo de proposiciones de las cuales una, la conclusión, pretende derivarse o seguirse de las otras, que son premisas".

Las consignas, en los movimientos sociales auténticos, son proposiciones que llaman a la acción, bien como premisas motivadoras de las que la acción se infiere, bien como conclusiones que la justifican en estado. Es decir, forman parte de la estructura argumentativa del movimiento social en que se externan.

La interrogante que queremos dejar planteada a la reflexión es la siguiente: ¿En el argumento social externado en abril de 2018, la proposición que sostenía “elecciones anticipadas” debe ser considerada conclusión o premisa del razonamiento? Sí la consideráramos conclusión o inferencia deberíamos identificar cuáles eran las premisas que la sostenían y, en todo caso, validarlas; pero si la consideráramos premisa deberíamos identificar cuáles eran, en todo caso, las otras premisas del argumento, cuál la conclusión y, sobre todo, cuál habría sido el significado esencial de esta premisa.

La proposición que en un argumento es conclusión, puede en otro ser premisa y este periplo por las rutas de la lógica que proponemos tiene por razón el determinar si la proposición “elecciones anticipadas”, era una conclusión de condición cronológica, en 2018, o es una premisa vigente que responde a un estado de las cosas, en el que la convivencia y la supervivencia misma de la sociedad se tornó imposible por el Golpe de Estado Silencioso que ORMU fraguó en enero de 2010 con el Decreto Ejecutivo 3-2010 que prorrogaba en su cargos a los Magistrados (CSJ y CSE) cuyos cargos estaban vencidos, suprimiendo con tal decreto las facultades de la Asamblea Nacional.

El Golpe de Estado se consolidó cuatro años después con las reformas constitucionales de 2014 en las que incluso se suprimió el principio democrático básico de división de poderes, mediante la introducción del concepto “Poder Soberano” que reside en los cargos electos mediante voto universal; además eliminó la independencia de los mismos diputados, electos por voto universal, subordinando los escaños a los partidos que los postularon y dando el tiro de gracia a la profesionalización del ejército y la policía al arrogarse la facultad de prorrogar a sus jefes en sus cargos contra lo que preveían sus leyes creadoras o destinar militares activos a ejercer funciones del ámbito civil del ejecutivo.

Hoy, luego de haber ahogado en sangre y judicializado la represión, tras bastidores, en el círculo más amplio que detenta el poder, pero a gritos, entre las facciones del núcleo, las próximas inmediatas, las periféricas y las marginales, identificadas todas por el común denominador del odio que promueven, la corrupción sistémica y una leyenda épica que tratan de revestir de ideología, se disputan el derecho de sucesión del régimen dictatorial instaurado, por el Golpe de Estado Silencioso, evidenciando su crisis de legitimidad y la irreversibilidad de su descomposición.

Frente a este panorama, el movimiento social heterogéneo que, luego de la unidad en la acción del 2018, trascendió a su atomización y permeabilidad, dando lugar, incluso, a que sectores que hasta poco antes formaban parte del coro del régimen: empresarios y partidos colaboracionistas, propugnen por hegemonizar en estructuras que pretenden dar continuidad a lo que surgió como un original movimiento social, convirtiéndolo en una suerte de protopartido político que identifican como la plataforma idónea que pueda, con un simple maquillaje -profundo pero maquillaje al fin y al cabo-, al sistema electoral, retomar el poder o recuperar las cuotas de poder que detentaban, relegando en este plan a los sectores que durante el auge del movimiento social fueron su nervio y músculo: jóvenes y campesinos.

Los cantos de sirena nuevamente embriagan a los marinos, sustituyendo la proposición, que declaran caduca, de elecciones anticipadas, por otras más “actualizadas” de cara al 2021: reforma electoral profunda y una unidad forzada a toda costa y contra toda opinión o demanda legitima, son las que cada día se empoderan más del ambiente creando mayor confusión y zozobra, la fruta envenenada del acuerdo CSE del 13 de mayo abona este campo.

La proposición, elecciones anticipadas, fue y es, en el argumento social, una premisa, no una conclusión. Más allá del ribete retórico de nota cronológica que conlleva el término anticipación, la expresión responde a la imperiosa necesidad de un cambio estructural definitivo, total, profundo que transforme la vida política de la sociedad, antes de –de aquí la nota cronológica- seguir adelante.

La conclusión del argumento social estructurado en 2018, era y es, lograr el establecimiento de la justicia y la democracia. Las otras premisas que lo estructuran son: la evidente corrupción sistémica en las estructuras e instituciones de la vida política, la supresión de las garantías ciudadanas, la represión y la impunidad, el despotismo absolutista que desprecia la vida, la seguridad que las leyes, manipuladas desde las instituciones no garantizan y el oligopolio que nulifica los legítimos emprendimientos económicos.

En tanto todas las premisas enunciadas continúen manifestándose e incluso profundizándose, la premisa elecciones anticipadas, pierde su nota cronológica que ubica el límite de la anticipación en el primer domingo de noviembre de 2021, para revelar una nota más clara: anticipar a las elecciones un modelo de vida política que termine con la corrupción, reconozca y respete las garantías ciudadanas, establezca un sistema legal que respete la vida y vete definitivamente la impunidad, en fin, que ponga al ciudadano en el centro, de la vida política misma, con toda su potencia creadora. Este argumento social sigue definitivamente vigente.

Pero, la proposición conclusiva de justicia y democracia, en principio y en apariencia tan clara, amerita también reflexión: ¿Qué entender por justicia?; ¿qué es la democracia?; ¿justicia y democracia para qué? Ortega y Gasset, en la Rebelión de las Masas, expresa: “…convivencia y sociedad son términos equipolentes. Sociedad es lo que se produce automáticamente por el simple hecho de la convivencia. De suyo e ineluctablemente, segrega ésta costumbres, usos, lengua, derecho, poder público… Una sociedad no se constituye por acuerdo de las voluntades. Al revés: todo acuerdo de voluntades presupone la existencia de una sociedad, de gentes que conviven, y el acuerdo no puede consistir sino en precisar una u otra forma de esa convivencia.” La convivencia que nos impone la naturaleza, en este territorio, en este tiempo y que da forma, nos exige precisar que solo será posible convivir, surgir y sobrevivir como sociedad si lo hacemos en un clima de justicia y de plena ciudadanía, es decir, en democracia que, como suele decirse, no es un sistema perfecto, pero es, hoy por hoy, el mejor de los conocidos.

Las elecciones anticipadas que se exigen a partir de 2018 suponen adelantar electivamente un nuevo modelo de Estado que garantice la convivencia. Las elecciones anticipadas exigen estructurar la participación ciudadana no solo para determinar quién será el nuevo gamonal, sino el tipo de sociedad que queremos y que no permita, precisamente, la entronización de nuevos gamonales. Por lo tanto, lo primero, lo que debemos anticipar al elegir, son las formas de convivencia que necesitamos.


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Gerardo González

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