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El sistema carcelario de castigo y aislamiento del tercer grupo de reos de conciencia

El régimen Ortega Murillo aplica métodos de tortura prohibidos por Naciones Unidas, pero no logrará quebrar la moral de los presos políticos

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La explosión popular expresada en la Rebelión de Abril 2018, obligó al Estado autoritario y centralizado de Nicaragua a mostrar de manera cruda sus prácticas abusivas en el sistema carcelario.  El trato brindado a los presos políticos mostró desnudo al sistema para preservar su poder, y sin capacidad para encubrir estas profundas anomalías y degradaciones

Históricamente, las cárceles han funcionado como islas, desvinculadas de la vida cotidiana de la gran mayoría de los nicaragüenses, este modelo sumado a la prolongada existencia de la dictadura somocista y los diez años del régimen autoritario sandinista, desarrollo una práctica cultural arbitraria, en las que detrás de sus muros no ha habido control social. Los directores del sistema penitenciario han aprendido a ver natural el uso y abuso de la violencia, la intimidación y diversos castigos como mecanismo para controlar y domesticar a los privados de libertad.


La Ley 473, Ley del Régimen Penitenciario y Ejecución de la Pena, aprobado el 11 de septiembre del 2003 durante el gobierno del ingeniero Enrique Bolaños, adoptó una serie de medidas y definiciones acerca de los valores que debían implementarse pero, no logró disminuir el poder excesivo de los directores del sistema penitenciario. Con la llegada de Ortega a la presidencia de la República, la tendencia autoritaria, se incrementó, se redujo casi a cero el ingreso de organismos humanitarios religiosos, el poder de la Policía rebasó a los jueces y estos terminaron subordinándose a la visión policial y todos en su conjunto se subordinaron al Poder Ejecutivo y no a las leyes.

Esta realidad es la que encontramos en las cárceles cuando en 2018, Ortega arremetió violentamente contra la rebelión popular espontánea de abril y llenó la cárcel "La Modelo" de casi un millar de presos políticos.

El castigo a los presos políticos

En 2021, entre mayo y esta fecha, con la captura de más de 36 personalidades de la vida política nacional, el régimen entró en una nueva fase represiva.  Ante la opinión pública ha sido imposible encubrir un conjunto de medidas, contrarias al espíritu moderno y contemporáneo de la finalidad de los sistemas carcelarios dirigidos a la preparación de los reclusos para su plena reinserción en la sociedad. Por el contrario, nos ha confirmado un sistema dirigido a impartir castigo a quienes desde 2018 y mucho antes, se han atrevido a cuestionar el sistema y efectivamente han contribuido a debilitar el apoyo popular que según su narrativa gozaba el régimen.

En estos últimos tres meses, han sido aplicadas a este nuevo contingente de presos políticos, un conjunto de medidas, que se presentaron un tanto camufladas y selectivas con los presos políticos de los años 2018 y 2019 y que hoy se han expresado sin pudor, en abierto desafío a la opinión pública nacional e internacional.  Entre estas medidas destacamos:

El tratamiento a los reclusos en proceso de investigación y de juicio, peor que si fueron reos condenados, de alta y activa peligrosidad, aplicándole medidas crueles, inhumanas y degradantes, que no se atrevieron a aplicarlas masivamente con los primeros contingentes de presos políticos, ahora desde las celdas del “nuevo Chipote”, convertidas en cárceles permanentes.  Veamos los siguientes abusos:

Restricción grave y total del ingreso de alimentos sólidos proveídos por la familia. En 2018 y en 2019, se permitió a los presos políticos recluidos en el Chipote, recibir alimentos preparados dos veces al día, hoy en más de 90 días, solo se les sigue permitiendo el ingreso de agua y muy eventualmente alguna otra bebida endulzante. Esta es la causa fundamental del tremendo bajón de peso y deterioro físico experimentado por todos los presos y presas de este último contingente, que según el reporte de sus familiares oscila entre las 12 y 36 libras según cada caso y que está poniendo en peligro la vida de ellos y ellas.

Restricción casi total de las visitas de sus familiares a los reos. Con excepción de los 30 minutos otorgados en la semana recién pasada, nuevamente han vuelto a la incomunicación, no hay visitas programadas y todos están sujetos a cuando se le ocurra a la pareja presidencial. Debemos recordar que los presos políticos de 2018 y 2019, en la mayoría de los casos fuimos mantenidos en el Chipote un promedio estimado de quince días, y unos tres días después de haber sido presentados ante el Juez, éramos trasladados a la Cárcel Modelo, donde el régimen de visitas estaba claramente definido para todos los reos, y a pesar de haberlo restringido para los reos de conciencia, nunca fue eliminado. Estas medidas violan el Arto. 95 de la Ley 473, inciso 13, que deja claro que los privados de libertad tienen derecho a “Mantener relaciones con su familia e interrelación con personas u organismos comunitarios, sin más limitaciones que las estrictamente necesarias…”. También han eliminado las visitas conyugales y el derecho a ser visitados por sus hijos y varios miembros de sus familias.

Negación total del ingreso de libros, revistas o cualquier material de lectura. Así como escuchar radio, y recibir los necesarios artículos de aseo personal, incluidos máquinas rasuradoras. Si bien es cierto, esto siempre lo prohibieron en el Chipote, no hizo crisis, ya que el tiempo promedio de estancia casi siempre fue transitorio. En la actualidad su permanencia se ha prolongado a más de 90 días, convirtiendo estas medidas en prolongadas y desesperantes. Hay que destacar que en 2018 y 2019 a las mujeres recluidas en el Chipote se les permitió utilizar alguna ropa normal, en la actualidad está medida la han restringido al mínimo. Solo se les permite tener un blúmer, por ejemplo. El Arto.95 de la ley 473, en su inciso 9. Subtitulado  Derechos de los Privados de Libertad, dispone que “escuchar radio, leer periódicos y revistas, así como tener y conservar las relaciones con el exterior”. Son derechos básicos que deben ser cumplidos en cualquier circunstancia.

Restricción total del ingreso de sábanas, ropa interior u otro medio para protegerse. En la experiencia de 2018 y 2019 esta medida se aplicó, pero fue por un periodo menos prolongado, lo que se vio atenuado con el traslado relativamente rápido a la cárcel Modelo. Debido a la época lluviosa en que nos encontramos, varios y varias de ellos se han quejado de padecer de frío intenso, lo que se constituye en tortura cuando se les hace padecer de manera intencionada, negándose a proveerles los medios para su protección o autorizar que se los lleve su familia. Esta medida es violatoria de la Regla 21 de las Normas Nelson Mandela, que dispone la obligatoriedad de los Estados Nacionales de entregar a los reos” "ropa de cama individual suficiente”. Insistimos, debe permitirse que las familias provean a sus cautivos de estos medios, como efectivamente se hace en las otras cárceles del Sistema Penitenciario Nacional, sin ningún tipo de discriminación.

Aplicación inhumana del aislamiento de todos con el mundo exterior, de aislamiento restringido al acompañante con el que comparten celda en una parte de los casos y de aislamiento total, para aquellas que han dejado solas y las han internado en celdas que cuentan con puertas forradas con láminas de hierro lisa y uso de pernos para abrir y cerrar las mismas, como se encuentran Tamara Dávila Rivas, Dora María Téllez, Ana Margarita Vijil, Suyén Barahona, y probablemente otros. Esta medida no fue aplicada a los presos políticos de 2018 y 2019 que estuvieron en el Chipote, y posterior a su traslado a "La Modelo" solo la aplicaron con algunas excepciones dramáticas, con Medardo Mairena y Miguel Mora, aislados en “El Infiernillo de La 300”, también de forma cruel pero menos aislados con las decenas de presos que en “La 300”, permanecieron empernados y con las ventanitas de las puertas metálicas cerradas, similares a los presos que estuvieron en la famosa celda 004. Por los niveles de hacinamiento del Chipote y por la ubicación de las celdas, los presos podíamos interactuar en primer lugar con los compañeros de celda; en segundo lugar, era posible comunicarnos a gritos con los ubicados en las celdas vecinas, cantar y rezar juntos y a veces hasta intercambiar alimentos, cuando los custodios por simpatía decidían facilitarlo. Hoy, sin lugar a dudas como tortura física y psicológica han optado por estas medidas de aislamiento.

No uso de la violencia física o golpes. En los interrogatorios, en muchos casos durante 2018 y 2019, los policías o investigadores hicieron uso de golpes en muchas ocasiones para obligarlos a darles información y como forma de castigo. Con estos presos, en ninguno de los casos conocidos hasta ahora, se ha hecho uso de golpes y violencia física directa y el método por excelencia para amedrentarlos, quebrarlos, castigarlos, vengarse, está siendo el aislamiento parcial o total, que está comprobado, es una medida de tortura física y psicológica de alcances impredecibles en la medida en que se prolonguen las mismas. Los interrogatorios permanentes e interminables complementan estas medidas de aislamiento al afectar la posibilidad de que los injustamente cautivos puedan dormir sin sobresaltos.

Persistencia de una atención médica negligente, que deja que los encarcelados sufran por la entrega tardía y desordenada de las medicinas. Esta es una pésima práctica aplicada en el Sistema Penitenciario nicaragüense, hoy agravada por la edad promedio de este nuevo contingente, que probablemente se acerca a los 50 años o más. Violeta Granera, José Pallais, Hugo Torres, Mauricio Díaz Dávila, José Adán Aguerrí, entre otros sufren de enfermedades crónicas, que requieren disciplina médica. Este retraso y negligencia preconcebida que agravan las aflicciones de los mismos, violan todas las normas internacionales de los derechos humanos y las responsabilidades carcelarias especificadas en las leyes nacionales y las normas internacionales. Son crueles e inhumanas y ponen en peligro la vida de los mismos. Nos duele la situación de Jaime Navarrete, Marvin Vargas (El Cachorro), José Santos Sánchez, Eddy Gutiérrez, Wilfredo Balmaceda, de Luis Carlos Valle Tinoco que también padecen de problemas crónicos y que, junto a otro gran número, necesitan que la atención médica deje de ser superficial y negligente. Basta ya de esta tortura.

El aislamiento prolongado o indefinido, como método de tortura, usado de manera colectiva contra un grupo significativo de presos políticos, que tienen en común ser personalidades públicas de la vida política y empresarial nacional, es un mecanismo expresamente prohibido por la Organización de Naciones Unidas y adoptado por la legislación de un sinnúmero de países principalmente del mundo occidental y más allá. Nicaragua como signataria y miembro pleno de la ONU está obligada a observar estas disposiciones y aplicarlas gradualmente todas ellas, según sea el caso.

Las reglas Nelson Mandela

Hay un conjunto de prácticas carcelarias, que están prohibidas terminantemente por las Reglas de las Naciones Unidas conocidas como Reglas Nelson Mandela, entre ellas debemos mencionar las siguientes:

Regla 43

  1. Las restricciones o sanciones disciplinarias no podrán, en ninguna circunstancia equivaler a tortura u otros tratos o penas cueles, inhumanos o degradantes. En particular quedan prohibidas las siguientes prácticas:
  1. El aislamiento indefinido
  2. El aislamiento prolongado
  3. El encierro en una celda oscura o permanentemente iluminada
  4. Las penas corporales o las reducciones de los alimentos o del agua potable
  5. Los castigos colectivos
  6. En ningún caso se utilizarán métodos de coerción física como sanción por faltas disciplinarias
  7. Entre las sanciones disciplinarias o medidas restrictivas no podrá figurar la prohibición del contacto con la familia. Solo se podrán restringir los medios de contacto familiar por un periodo limitado y en la estricta medida en que lo exija el mantenimiento de la seguridad y el orden.

Valoramos que todas estas prohibiciones, están siendo aplicadas cruelmente a este conjunto de reos que actualmente están recluidos en el "nuevo Chipote". Se está practicando aún el aislamiento indefinido y prolongado con el mundo exterior a través de las restricciones de las visitas familiares, muchos siguen en celdas iluminadas las 24 horas del día, también se les ha aplicado la restricción generalizada del ingreso de alimentos.  Todo aplicado como un castigo colectivo.  La falta sistemática del contacto con sus familias, es una medida aplicada, para torturar a los que están presos y se extiende al núcleo familiar total. No existe, ni ellos representan ningún riesgo de la seguridad, ni del orden que justifique ni un solo día de aislamiento para estos reos.

  • Regla 44

A los efectos de las presentes reglas, por aislamiento se entenderá, el aislamiento de los reclusos por un mínimo de 22 horas diarias, sin contacto humano apreciable.  Por aislamiento prolongado se entenderá el aislamiento que se extienda durante un periodo superior a 15 días consecutivos.

A todos los reos de este contingente, les han aplicado medidas de aislamiento parcial o total, con algunos ya han flexibilizado al recluirlos juntos en una misma celda, lo que amortigua el aislamiento con otro ser humano.  Pero aún se mantiene el aislamiento con la familia y con el mundo exterior en todos los casos. Y aún se está aplicando el aislamiento total contra Tamara Dávila, Rivas y Dora María Téllez Argüello.  No debemos olvidar que el aislamiento mayor a quince días está prohibido sin excusas de ningún tipo.

  • Regla 45
  1. El aislamiento solo se aplicará en casos excepcionales, como último recurso, durante el menor tiempo posible y con sujeción a una revisión independiente y únicamente con el permiso de una autoridad competente. No se impondrá a un recluso en virtud de su condena.

Valoramos que el régimen Ortega Murillo, en el caso de este colectivo de presos, está aplicando el aislamiento como primer recurso y no como último recurso, como lo estipula la norma. Que el tiempo sigue siendo indefinido y arbitrario lo que aumenta la aflictividad que la prisión en si misma implica, haciéndose los sordos y mudos acerca que “El Sistema Penitenciario no deberá agravar  los sufrimientos inherentes a tal situación “ (Regla No. 4, de las Reglas Nelson Mandela). Estos reos de conciencia están siendo tratados como reos condenados en situación de abuso. Este modelo de aislamiento no está sujeto, ni está autorizado, ni supervisado por ninguna autoridad judicial competente, por tanto, es violatorio de las leyes y sus derechos humanos.

Efectivamente, las políticas de tratamiento han sido diferentes con los reos políticos, los de 2018–2019 fue una, la gran mayoría estuvimos  reconcentrados o en ambientes similares cercanos, luego se profundizó su trato individual y su dispersión entre los reos comunes desde junio 2019 hasta la fecha. Con este nuevo contingente  han optado por su reclusión con medidas brutales dirigidas a quebrar su moral y descabezar definitivamente la oposición en Nicaragua.

En este caso la inmensa mayoría son reos de más de 40 años, una parte de ellos de la tercera edad, por lo que este agravante, exige del Sistema Penitenciario, el cumplimiento de las leyes establecidas, incluyendo la posibilidad de que las propias familias pueda asegurarles atención médica especializada, que ya está contemplado en las leyes nacionales.

La dictadura Ortega Murillo, está dispuesta a llegar hasta límites insospechados, pero nuestros hermanos encarcelados saben que cuentan con el respaldo de todo un pueblo y la mirada escandalizada de la comunidad democrática internacional. Que igual que los más de 791 liberados en 2019, saben que esta situación no llegara muy largo, que la dictadura ya no engaña a nadie, que igual que la sonrisa de Amaya Coppens, la sonrisa de Tamara Dávila nos inspira a todos, la fortaleza de Kevin Solís, recluido a sus 23 años en "La 300", se junta con la voz fuerte de Lesther Alemán, señalando a Ortega que su tiempo ya terminó. Esa moral, esa valentía, sin atención médica y aislamiento continúa intacta. Son tiempos de cambio y eso todos los sabemos. Nada podrá doblegarlos, la historia lo confirmará. Si importa la edad, pero la decisión está tomada.

¡Libertad inmediata para los más de 150 presos políticos!

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Grupo de Reflexión de Excarcelados Políticos (GREX)

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