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Costa Rica pausa la Categoría Especial para extranjeros que desistieron de su solicitud de refugio

Migración procederá a revisar esas solicitudes hasta que un recurso de inconstitucionalidad sea resuelto. Medida afecta a nicas, cubanos y venezolanos

Nicaraguenses solicitan refugio en Costa Rica

Nicaraguenses solicitan refugio en Costa Rica. Foto: Cindy Regidor

Katherine Estrada Téllez

9 de agosto 2023

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La Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica (DGME) suspendió la valoración de las solicitudes para la Categoría Especial Temporal presentadas por solicitantes de refugio nicaragüenses, cubanos y venezolanos que tienen pendiente la resolución de su caso de asilo. Para continuar con el proceso, las autoridades migratorias deben esperar la respuesta a una acción de inconstitucionalidad que fue interpuesta por un ciudadano ante la Sala Constitucional.

Según el comunicado de la DGME, el recurso de inconstitucionalidad cuestiona un artículo del decreto 43809-MGP, que establece como requisito que los solicitantes de refugio renuncien a su solicitud de protección internacional para optar por la Categoría Especial Temporal.


“La acción de inconstitucionalidad es un recurso que se presenta ante la Sala Constitucional y se basa en un acto administrativo que se considera podría violar los derechos humanos individuales de las personas que residen en Costa Rica. Esta acción cuestiona específicamente la obligatoriedad de renunciar al refugio”, explica Daguer Hernández, exsubdirector de DGME y abogado especialista en temas de Migración.

Hernández aclara que los ciudadanos cuyo proceso de evaluación de solicitud de la Categoría Especial Temporal está en pausa siguen siendo solicitantes de refugio, ya que la acción de inconstitucionalidad también suspende el requisito de renunciar al refugio. “Los solicitantes deben seguir esperando respuestas a sus casos y (mientras tanto) utilizar los documentos que tienen como solicitantes de refugio y con permiso laboral”.

Mantener solicitud de refugio con la Categoría 

Como solución, el experto considera que la DGME podría emitir un nuevo decreto sobre esta Categoría Especial Temporal que establezca los mismos requisitos, pero eliminando la renuncia obligatoria a la solicitud de refugio.

“Aunque es cierto que una persona no puede tener dos categorías migratorias, la administración migratoria debería ofrecer a los solicitantes la opción de decidir si desean mantener su solicitud de refugio junto con la solicitud de la Categoría Especial Temporal, o si desean renunciar, similar al caso de las personas refugiadas que optan por la residencia permanente y pueden elegir si continúan o no con la protección internacional”, sugiere Hernández.

Solicitantes con refugio denegado pueden optar por Categoría Especial

Costa Rica inició, en marzo de 2023, a otorgar la Categoría Especial Temporal con el propósito de dar una opción de regularización migratoria a solicitantes de refugio de Cuba, Nicaragua y Venezuela, que presentaron solicitudes de protección entre el 1 de enero de 2010 y el 30 de septiembre de 2022, y cuya situación aún no se ha resuelto o ha sido denegada de manera definitiva.

Por ahora, la recepción de solicitudes para esta categoría sigue abierta únicamente para las personas a las que se les haya negado el refugio, de acuerdo con lo establecido en el mencionado decreto.

Para aquellos interesados en presentar los requisitos para la Categoría Especial Temporal, la recepción de solicitudes continúa bajo el procedimiento establecido, y pueden contactar al centro de llamadas de la DGME al número 1311, o a través del Portal de Citas Web.

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Katherine Estrada Téllez

Katherine Estrada Téllez

Periodista nicaragüense exiliada en Costa Rica. Se ha especializado en la cobertura de temas de migración, género y salud sexual y reproductiva. También ha trabajado en Marketing y Ventas y ha sido Ejecutiva de Cuentas.

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