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Bancos de Nicaragua renegociarán créditos vencidos

Incluye tarjetas, vehículos, personales, hipotecarias, microcréditos, pymes, agrícolas, ganaderos, industriales y comerciales, de clientes A y B

"Se podría abrir sucursales de los bancos rusos en Nicaragua y trabajar dentro de las sucursales para huir del SWIFT y el dólar" dijo el Embajador.

Iván Olivares

23 de junio 2020

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La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif), dictó dos normativas para permitir que el sistema financiero pueda refinanciar los préstamos que han caído en mora como producto de la debacle económica causada por la crisis sanitaria global, que en el caso de Nicaragua, se sumó a la crisis que afecta al país desde 2018.

La Resolución 1181-1 de la Siboif, reconoce de forma implícita “los efectos negativos que se pudieran generar dada la coyuntura sanitaria internacional”, en referencia a la afectación local de covid-19.


Otro tanto hace la Comisión Nacional de Microfinanzas (Conami), que de forma más directa declara que “la situación de emergencia sanitaria que vive el país a consecuencia del brote de la pandemia covid-19… ha ocasionado pérdidas económicas y problemas para que los deudores puedan cumplir con el pago de sus créditos que mantienen con las instituciones reguladas”.

El frenazo a la actividad económica, que afecta en gran medida a empresas y familias, ha incrementado los niveles de mora en el sistema financiero que supervisa la Superintendencia de Bancos (instituciones bancarias, financieras y compañías de seguros), así como a las entidades de crédito, que son reguladas por la Conami.

En su Resolución, la Superintendencia permite a las instituciones financieras “diferir cuotas y/o ampliar el plazo de pago originalmente pactado de los créditos” que están en mora, sea que se trate de deudas de tarjetas de crédito, préstamos para vehículos, personales, hipotecarios, microcréditos, pymes, agrícolas, ganaderos, industriales y comerciales en todos los sectores de la economía, previa “evaluación individual de cada caso”.

No se trata de un regalo, sino de dar una oportunidad a los clientes que estén atrasados en sus pagos, siempre y cuando al 31 de marzo de 2020 se encontraran clasificados como ‘A’ o ‘B’, y estuvieran registrados como créditos vigentes, prorrogados o reestructurados.

Excepciones

La Siboif permitió que los dueños de estos créditos que serán modificados conforme a lo que establece la nueva norma, “mantendrán la calificación de riesgo que tenían al 31 de marzo de 2020, siempre y cuando el deudor no incumpla las nuevas condiciones convenidas”.

Los bancos emisores podrán ofrecer créditos personales a los tarjetahabientes para refinanciar sus deudas, de modo que puedan seguir cumpliendo sus obligaciones de pago “bajo nuevas condiciones más favorables”.

Dada la duración de la depresión e incertidumbre en que se encuentra la actividad económica, el ente regulador ofrece períodos de gracia iniciales de hasta seis meses, para el principal y los intereses, lo que también se podrá aplicar para el pago mínimo de la tarjeta de crédito.

Las cuotas de principal e intereses del período de gracia podrán ser redistribuidas de tres formas: en el plazo restante del crédito; en un plazo distinto, o a través de un pago global, al final del plazo original del crédito. “En ningún caso se cobrará intereses sobre los intereses no pagados”, sentencia la Resolución.

Como excepción, se indica que “las condiciones crediticias temporales podrán beneficiar al deudor en todas sus obligaciones en una sola ocasión, y no aplicarán para aquellos nuevos créditos otorgados con posterioridad al 31 de marzo de 2020”.

Igualmente, se excluye a “los créditos en los cuales se evidencie desvío de fondos y/o garantías para otras actividades que no eran objeto del crédito”, así como aquellos deudores que se consideren “partes relacionadas”, o sea, que estén ligados con el banco en cuestión, por razones de parentesco, laborales, o societarias.

El alivio también cubre a los pequeños

En el caso de la Conami, su Resolución 008-01, autoriza a las instituciones de microfinanzas a refinanciar las deudas de los clientes que sean incapaces de cumplir con sus obligaciones crediticias “sea estableciendo un monto diferente, o un nuevo plan de pagos por el saldo del crédito”.

Este refinanciamiento debe quedar instrumentado mediante un nuevo contrato, en el que se establecerán nuevas obligaciones, a la vez que se extinguen las antiguas.

Una fuente de nivel gerencial que trabaja para una empresa de microfinanzas, y accedió a hablar con CONFIDENCIAL bajo la condición de anonimato, dijo que, aunque las dos resoluciones tratan de ayudar a los clientes sin infringir daño a los prestatarios, al final, eso es inevitable.

“Sí habría daño [para las empresas de microfinanzas], porque está lloviendo sobre mojado con esta pandemia. La situación del sector financiero es difícil, porque veníamos arrastrando una situación de mora, quiebra de negocios y destrucción de empleos”, detalló.

La fuente considera que “aunque haya liquidez”, esta “es una protección para que los ahorrantes tengan seguros los depósitos. La liquidez no se traduce en que ‘los bancos tienen plata y pueden usarla’, porque ese dinero es de los ahorrantes”, recordó.

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Iván Olivares

Iván Olivares

Periodista nicaragüense, exiliado en Costa Rica. Durante más de veinte años se ha desempeñado en CONFIDENCIAL como periodista de Economía. Antes trabajó en el semanario La Crónica, el diario La Prensa y El Nuevo Diario. Además, ha publicado en el Diario de Hoy, de El Salvador. Ha ganado en dos ocasiones el Premio a la Excelencia en Periodismo Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, en Nicaragua.

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