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VAWA, una visa para inmigrantes víctimas de violencia doméstica en Estados Unidos

Explicamos este mecanismo que brinda residencia a cónyuges, hijos y padres extranjeros, inclusive indocumentados, víctimas de violencia doméstica

Ilustración: Paula de la Cruz | Confidencial

Hispanic Conexion

24 de mayo 2024

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Las relaciones familiares, ya sea entre padres e hijos o entre parejas, a veces, lejos de ser vínculos pacíficos y afectivos, en realidad son un infierno por la carga de violencia emocional y también física que vive alguno de sus miembros.

¿Qué sucede cuando una persona víctima de violencia doméstica está llevando un proceso migratorio en Estados Unidos, y está a la espera de que le aprueben su estadía sujeta a la relación con la persona maltratadora? ¿Vale la pena aguantar en aras de un futuro mejor? La respuesta es no. 


El sistema migratorio de Estados Unidos contempla casos como estos, y para ello existe la Ley de Violencia contra las Mujeres (Violence Against Women Act), conocida por sus siglas en inglés como VAWA, que contempla una ruta especial hacia un estatus migratorio legal para las víctimas. La abogada Noelia Ramos, experta en Inmigración, Bienes Raíces y Asesoría Corporativa, esclareció las dudas sobre esta ley en el podcast de Hispanic Conexion.

Suele suceder que las personas migrantes soportan este tipo de violencia porque tienen temor a quedarse sin sus documentos legales. Esa es la razón por la cual se crea esta ley, para que no tengan temor, puedan salir de esa relación abusiva, busquen ayuda y que su proceso migratorio continúe, independientemente de que ese ciudadano o residente maltratador ya no vaya a estar involucrado en la petición familiar migratoria. 

¿Qué es la visa VAWA?

La visa VAWA es la residencia permanente que se otorga a aquellas personas que son víctimas de abuso o crueldad extrema cometidos por un familiar directo, como un cónyuge o excónyuge, un padre o una madre, un hijo o una hija. 

El victimario, es decir, la persona que comete el maltrato, deberá ser ciudadano estadounidense o residente permanente. Quien solicita este tipo de visa es la víctima, quien se convierte en un autopeticionario. El proceso puede hacerse de forma unilateral, o sea, sin que tenga conocimiento el maltratador. La Oficina de Ciudadanía e Inmigración no puede divulgar ninguna información a terceros sobre este tipo de casos, excepto en circunstancias muy limitadas. 

Para empezar, es importante aclarar que esta ley protege a hombres y mujeres por igual. En sus inicios fue orientada para proteger la mujer, pero sabemos que los hombres también pueden ser víctimas de violencia. 

En la ley se habla de cómo las víctimas pueden protegerse de los cónyuges, lo que significa, en este caso, que debe existir o haber existido el vínculo legal de matrimonio entre la víctima y el abusador. El victimario debe ser ciudadano o residente y debe o debió haber estado casado en algún momento con la víctima. 

Para efectos de la protección y que esta ley pueda aplicarse, la víctima y el victimario no tienen que seguir casados. Se entiende que el divorcio se puede producir debido al maltrato, así que la víctima no tiene por qué seguir en un matrimonio, cuando lo que quiere es salir huyendo.

Muchos de estos abusadores contactan a las autoridades de Inmigración para retirar la petición por matrimonio o la petición familiar que le concedería un estatus migratorio regular a la víctima. Si la víctima no es asesorada correctamente, puede pensar que hasta ahí llegó todo su proceso y que lo perdió todo, pero no es así. Esa víctima puede contactar a Inmigración e informar a los funcionarios que la razón por la cual el peticionario quiere terminar el proceso es porque se trata de un abusador. A la vez, la víctima puede solicitar continuar su proceso de residencia sin la participación del abusador peticionario.

Aplica para hijos o padres víctimas de abuso

El peticionario de este tipo de visa también puede ser un padre o madre que está siendo la víctima de un hijo o hija ciudadano o residente, o lo contrario: un hijo o hija inmigrante víctima de un padre o una madre que tenga la ciudadanía o residencia en Estados Unidos. 

Las pruebas que debe presentar la víctima para aplicar a la visa VAWA son diferentes en cada caso, al tratarse de relaciones personales y las vidas privadas de las personas. El tipo de evidencia va desde comprobantes de que la víctima y el maltratador viven juntos, hasta aquella que tiene que ver con el tipo de violencia sufrida por la víctima inmigrante. 

No todas las personas que viven este tipo de violencia la reportan, por ejemplo, al 911, entonces no siempre existe un reporte policial. Sin embargo, pueden haber sido golpeadas y haber ido a una clínica o a un hospital donde se tuvo que haber levantado un acta de que la persona se presentó ahí con golpes, por ejemplo. Otras personas lo documentan de una forma más privada, tomándose fotos con el teléfono. Hay diferentes maneras de cómo se va preparando el caso para defenderlo.

Las autoridades de Inmigración no son los que van a encargarse de aplicar las leyes criminales o penales relacionadas con este tipo de delitos, sino que se concentran en ayudar a esa víctima a que pueda obtener un beneficio de la residencia permanente. Además, mientras el caso está siendo procesado, esa persona peticionaria tiene derecho a un permiso de trabajo, de manera que no tenga que depender financieramente del abusador.

Las víctimas de violencia doméstica en Estados Unidos deben saber que existen recursos que pueden solicitar. Por ejemplo, para las personas que tuvieron que salir sin nada económicamente, existen organizaciones que apoyan en lo económico y, en la parte legal, si la víctima no puede pagar un abogado privado, existen los abogados probono que les pueden dar esa asesoría también. 

La visa VAWA cubre a hijos menores de 21 años como derivados o beneficiarios del peticionario víctima. También cubre a hijastros, siempre y cuando el matrimonio entre la víctima y el victimario se haya dado antes de que ese hijastro haya cumplido 18 años. 

Víctimas indocumentadas pueden aplicar

Aunque la persona víctima de violencia doméstica haya entrado a Estados Unidos de forma ilegal o se encuentra indocumentada, puede optar a ser protegida bajo la ley VAWA. El abuso contra dicha persona debe haberse cometido en territorio estadounidense, es decir, no aplican casos de violencia doméstica ocurridos en el exterior. 

*Este artículo fue elaborado por el equipo de Nicas Migrantes, de CONFIDENCIAL, basado en el episodio de Hispanic Conexion La Visa VAWA el apoyo para inmigrantes víctimas de violencia doméstica, bajo un acuerdo de cooperación y alianza entre ambas marcas.

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Un proyecto de comunicación digital liderado por Samantha Lugo y Noelia Ramos, especializado en temas de interés para los hispanos e inmigrantes en Estados Unidos, y realizado por especialistas que presentan entrevistas, reportajes, y análisis de noticias.

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