12 de diciembre 2016

Elecciones en la OEA sin pena ni gloria

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Aproximadamente 170 millones de dólares se entregaron, en 2015 y 2016, a la deuda con Caruna y al supuesto Fondo de combate a la pobreza
Fondo Monetario Internacional alertó una y otra vez la posibilidad que el Tesoro Público tuviera que asumir las deudas con Caruna.
INE recibe el uno por ciento de la facturación de las distribuidoras. Significa que tiene ingresos anuales por 239 millones de Córdobas.
En Suecia, el regulador tiene un presupuesto de 3.18 millones de dólares. INE capta 8.17 millones de dólares anuales, similar al regulador de Francia (con un mercado eléctrico 120 veces el nuestro, octavo a nivel mundial).
Si la base de cálculo del uno por ciento es la facturación de energía eléctrica de las distribuidoras, a medida que crece más del 6 % anual el volumen de energía que venden las distribuidoras, INE incrementa su presupuesto. De modo, que en menos de catorce años lo duplica. Lo cual, es un gasto exagerado de pólvora…
Un financiamiento a la tarifa abusivo y oneroso
Cuando el Estado interviene para amortiguar las oscilaciones tarifarias, debido a la dependencia energética exógena, por la importación de 3.6 millones de barriles de bunker para la generación del 51 % de la energía eléctrica servida en el país, su función debe ser la de restarle incertidumbre a los costos energéticos, no de improvisar una incertidumbre mayor.
Dicho financiamiento debe servir de puente para llegar sin sobresaltos a un suministro de energía más económico, a medida que el desarrollo del plan de expansión incorpore generadores con tecnología más eficiente, con energía primaria menos costosa, con horas de operación apropiadas a la relación entre costos fijos y variables.
La deuda con Caruna, es un sobrecosto abusivo
INE cobra dicha deuda a discreción. De 2013 a esta parte, la demanda de energía creció 19 %, y a esa energía reciente se le carga el pago de una deuda que no le corresponde. INE debe restituir a los consumidores nuevos, y a las instalaciones recientes, el cobro indebido de una deuda que es inexistente para quienes no han recibido préstamo alguno.
Dos pliegos tarifarios simultáneos
INE inventó dos pliegos tarifarios, a causa del financiamiento. Creó un Precio Medio de Venta indicativo (que no se aplica, y que corresponde a los costos energéticos reales), y un Precio Medio de Venta de referencia real (que se aplica, pero, que está alterado, sea por el financiamiento, en una etapa de alza del precio de los combustibles, sea por el pago de la deuda, en momentos de baja del petróleo).
Hasta abril de 2015 funcionaron estos dos pliegos. De manera, que si el Precio Medio de Venta indicativo resultaba inferior a 240 USD/MWh (fijado artificialmente por INE como umbral de referencia), entonces INE mantenía la tarifa constante en 240 USD/MWh, disponiendo que la diferencia se pagara a la deuda con Caruna.
Con la baja del bunker, INE incorpora un tercer concepto de Precio Medio de Venta
A partir de abril de 2015, INE agrega un nuevo concepto, el Precio Medio de Venta a aplicar. De modo, que la tarifa, más alta de lo debido, recaude los porcentajes de distribución del ahorro que los consumidores deberán entregar a un supuesto fondo de combate a la pobreza y al pago de la deuda con Caruna (en total, entregarían 65 % del ahorro obtenido por la baja del precio del bunker).
En el gráfico se aprecia que el Precio Medio de Venta indicativo (que no se aplica), sigue hasta cierto punto el movimiento del precio del bunker (salvo de julio a diciembre de 2014, y de julio a diciembre de 2015, que INE no emitió resoluciones de ajuste tarifario).
El Precio Medio de Venta aplicado por INE eleva la tarifa por encima de su valor real, desde diciembre de 2014 hasta diciembre de 2016. En el gráfico, el área sombreada, circunscrita entre ambos Precios Medios de Venta (el indicativo y el aplicado), refleja el porcentaje de ahorro sustraído a la tarifa de los consumidores. Aproximadamente 170 millones de dólares que se entregaron, en 2015 y 2016, a la deuda con Caruna y al supuesto Fondo de combate a la pobreza.
Resoluciones de INE de ajuste del pliego tarifario
La ley 898 estableció que el 65 % del ahorro se le sustrajera a la tarifa. Así, el Precio Medio de Venta que se aplicaría en el pliego tarifario, sería de 220 USD/MWh, en lugar de 194.05 USD/MWh (como se aprecia en el gráfico).
INE retorna a un único Precio Medio de Venta
Para mantener en 207.38 USD/MWh el Precio Medio de Venta a aplicar, cuyo valor corresponde a los costos reales actuales, INE entrega el 100 % del ahorro a la tarifa, y suspende la cesión de parte del ahorro al pago de la deuda a Caruna y al fondo de combate a la pobreza.
Por primera vez, desde 2012, el Precio Medio de Venta (que refleja los costos energéticos efectivos, en función del valor del bunker), el Precio de Medio de Venta de referencia, y el Precio Medio de Venta a aplicar en el pliego tarifario, coinciden en el mismo valor.
Sin embargo, se decretó que 207.38 USD/MWh será el umbral del que la tarifa no puede bajar. Si el Precio Medio de Venta sube, INE incrementa la tarifa. Si baja, INE dará el ahorro a Caruna. Más que un regulador, INE es un apremiante cobrador de Caruna.
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El autor es ingeniero eléctrico.
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