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Corte IDH responsabiliza a Nicaragua por la muerte y heridas a dos migrantes ecuatorianos

Ordenan a Nicaragua capacitar a la Policía Nacional y al Ejército de Nicaragua en materia de uso de las fuerzas

Un policía de la Dirección de Operaciones Especiales, en Managua, porta una mascarilla, a mediados de marzo de 2020. Nicaragua enfrenta la pandemia por la COVID-19 bajo un estado policial de facto. // Foto: Archivo | Carlos Herrera

Confidencial Digital

25 de julio 2020

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que el Estado de Nicaragua es responsable por la muerte del migrante ecuatoriano Pedro Bacilio Roche Azaña y las heridas causadas a su hermano Patricio Fernando Roche Azaña, quienes fueron alcanzados por disparos realizados por agentes estatales a una furgoneta en la que se transportaban el 14 de abril de 1996.

Las víctimas no tuvieron acceso a un proceso judicial transparente en el país, por lo que 24 años después el Estado de Nicaragua tendrá que reparar el daño causado.


En la sentencia –publicada este viernes– la Corte IDH declaró que el Estado de Nicaragua violó el derecho a la integridad personal establecido en el artículo 5.1 de la Convención Americana, por lo que ordenó “crear e implementar un plan de capacitación dirigido a miembros de la Policía Nacional y del Ejército de Nicaragua sobre los estándares internacionales en materia de uso de la fuerza, así como respecto a los estándares internacionales de protección de los derechos de las personas en contexto de movilidad”.

También, el Estado tiene un plazo de un año para indemnizar con 20 000 dólares a Patricio Fernando Roche Azaña, como medida de reparación ante el daño causado; asimismo, deben cancelar 10 000 dólares a María Angelita Azaña Tenesaca, su mamá, por concepto de gastos por tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico.

Los hechos imputados

Los hermanos Roche Azaña iniciaron, el 8 de abril de 1996, un viaje desde Ecuador hacia los Estados Unidos. Al llegar a Nicaragua, el 14 de abril de 1996, se reunieron en Managua con otras 30 personas migrantes, con quienes fueron transportados en una furgoneta hasta la ciudad de Chinandega. A las 8:00 de la noche aproximadamente, la furgoneta atravesó tres retenes policiales, pero el conductor se negó a detenerse ante las señales de alto efectuadas por los agentes, por lo que los policías dispararon contra la furgoneta.

En el tiroteo al menos seis personas resultaron heridas, dentro de las que se encontraron los hermanos Roche Azaña. Pedro Bacilio Roche Azaña recibió un impacto de bala en la cabeza, el cual le causó la muerte alrededor de la medianoche del 15 de abril de 1996. Su hermano Patricio Fernando recibió dos impactos de bala, uno que le produjo una fractura de la cadera derecha y otro que le impactó en su muslo derecho. Fue hospitalizado el 15 de abril de 1996 y permaneció dos meses en coma.

A raíz de estos hechos se inició un procedimiento penal contra tres militares, dos policías y un policía voluntario. El 24 de febrero de 1997 el Tribunal de Jurado declaró a los procesados inocentes de los delitos que se les imputaba y el 27 de febrero de 1997 el Juzgado Primero de Distrito del Crimen de Chinandega los absolvió. El señor Patricio Fernando Roche Azaña y sus familiares no participaron en el procedimiento. En el mes de agosto de 1998 les notificaron la resolución judicial que absolvía a los procesados.

Abusos de las fuerzas continúan 

La sentencia de la Corte IDH fue publicada en un momento en que el Gobierno de Nicaragua envió policías antidisturbios al puesto fronterizo Peñas Blancas, donde un grupo de migrantes nicaragüenses bloqueó el paso al transporte como medida de presión para que las autoridades permitan el ingreso al país, en el contexto de la pandemia del coronavirus.

El Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh) declaró que unos 500 nicaragüenses, provenientes de Costa Rica y Panamá, permanecen rodeados por las fuerzas armadas del presidente Daniel Ortega. “La frontera sigue cerrada y no se le permite el ingreso a ningún vehículo”, dijo.

El Gobierno de Nicaragua ha explicado que solamente extiende permisos de ingresos a quienes presenten un certificado de covid-19 negativo, no presente síntomas relacionados, y demuestren que tienen pagado su transporte desde el país de origen hasta su vivienda.

Las autoridades de Nicaragua únicamente garantizan pruebas de covid-19 a los nicaragüenses que viajen al exterior, a un costo de 150 dólares, que equivale al 81% del salario mínimo promedio, según el Ministerio de Salud, que, tras las críticas por el cobro, eliminó la publicación de su página web.


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