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Cómo obtener la nacionalidad costarricense | Papeles en Regla

Los nicaragüenses que han residido de forma regular por cinco años o más en Costa Rica pueden tramitar la nacionalidad para ahorrarse trámites y gastos

Daguer Hernández

1 de septiembre 2023

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En esta ocasión responderemos a un mensaje que recibimos de parte de la audiencia de CONFIDENCIAL:

“¿Pueden tocar el tema de los nicaragüenses que somos residentes aquí en Costa Rica? Cuesta que nos den la residencia, cada tres años nos toca renovar y si no tenemos seguro no podemos renovar.  También toca pagar el servicio de correo para que nos entreguen la cédula. Renové hace un mes y pagué 83 000 colones (153 dólares, aproximadamente)”.


Respuesta: 

Sobre este tema hay que recordar cuáles son las opciones de actualización de categoría migratoria existentes en Costa Rica. La principal opción de actualización y a la cual debería aplicar toda persona migrante con más de cinco años de vivir regularmente en Costa Rica es la naturalización, es decir la obtención de la ciudadanía costarricense

La Constitución Política de la República de Costa Rica establece las opciones de naturalización de la siguiente forma:

ARTÍCULO 14.- Son costarricenses por naturalización: 

1) Los que hayan adquirido esta nacionalidad en virtud de leyes anteriores. 

2) Los nacionales de otros países de Centroamérica, los españoles y los iberoamericanos por nacimiento que hayan residido oficialmente en el país durante cinco años y que cumplan con los demás requisitos que fije la ley. 

3) Los centroamericanos, los españoles y los iberoamericanos que no lo sean por nacimiento y los demás extranjeros que hayan residido oficialmente en el país durante siete años como mínimo y que cumplan con los demás requisitos que fije la ley. 

4)  La mujer extranjera que al contraer matrimonio con costarricense pierde su nacionalidad. 

5) Las personas extranjeras que al casarse con costarricenses pierdan su nacionalidad o que luego de haber estado casadas dos años con costarricenses, y de residir por ese mismo período en el país, manifiesten su deseo de adquirir la nacionalidad costarricense.   

6) Quienes ostenten la nacionalidad honorífica otorgada por la Asamblea Legislativa. 

Es así como existen las siguientes formas de naturalizarse con requisitos generales y específicos, de mayor o menor complejidad, dependiendo del acceso a educación, el tiempo de residencia en Costa Rica y la edad de la persona. 

Los siguientes son requisitos generales para todo proceso de naturalización:

  • Certificado de nacimiento del país de origen debidamente apostillado o legalizado. La única excepción para excusarse de aportar este documento está establecida en el artículo 127 del Reglamento Relativo a los Trámites, Requisitos y Criterios de Resolución en Materia de Naturalizaciones que indica que “el usuario manifieste la imposibilidad material de aportar algún documento oficial expedido por autoridades extranjeras … fundamentado en que su país de origen o de su última residencia se encuentra en un estado de guerra u otro equivalente…”
  • Pago de los timbres fiscales. Son 20 colones para ciudadanos centroamericanos o 200 colones para personas de las demás nacionalidades. Se pagan por medio de entero en el Banco de Costa Rica. 

Los procesos más comunes de naturalización son:

Haberse casado con una persona costarricense

Dentro de este proceso solo tienen que transcurrir dos años de haberse casado para optar por la naturalización. Tiene que necesariamente haber transcurrido ese tiempo dentro del país, o sea haber estado casado y estar dentro de Costa Rica por ese tiempo. En este caso no se requiere hacer los exámenes de naturalización. Otro detalle importante es que este trámite se puede gestionar con el pasaporte del país de origen de la persona extranjera.

Los requisitos específicos son:

  1. Certificado apostillado de antecedentes penales del país de origen.
  2. Cinco fotografías.
  3. Presentar un documento de identidad confrontado con el original o certificado notarialmente: pasaporte, DIMEX (Documento de Identidad Migratorio para Extranjeros), cualquier otro documento oficial emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica y los que extiende el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, como el carné diplomático y carné de misión internacional. 

Naturalización por residencia durante cinco o siete años

Son cinco años de residir en el país como requisito para personas de nacionalidad centroamericana, iberoamericanos y españoles por nacimiento; y siete años para el resto de nacionalidades. 

La persona tiene que, necesariamente, haber vivido en Costa Rica durante ese tiempo. Debe hacer los exámenes de naturalización (de Español y Estudios Sociales) o bien haber cursado en Costa Rica sexto grado de escuela, noveno año o tener el bachiller de colegio. En estas últimas tres situaciones debe homologar su título en Control de Calidad del Ministerio de Educación Pública (MEP) ubicado en Torre Mercedes de Paseo Colón. 

Este trámite solo se puede gestionar con el DIMEX vigente.

Los requisitos específicos son:

  1. Certificado apostillado de antecedentes penales del país de origen.
  2. Cinco fotografías.
  3. Presentar un DIMEX, o cualquier otro documento oficial emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería. Puede ser inclusive carnet de solicitante de refugio, confrontado con el original o certificado notarialmente.
  4. Declaración jurada de dos testigos que indiquen conocerle por ese tiempo.
  5. Aportar comprobantes de medios de vida: orden patronal o documento emitido por un contador público autorizado donde conste su ingreso económico. En el caso de ser estudiante adulto (menor de 25 años) o menor de edad, un documento que haga constar el ingreso económico de los padres o tutores.
  6. Rendir declaración jurada de no tener contravenciones.
  7. Publicar edicto. 

Naturalización por residencia durante 20 años o más

Este trámite lo pueden realizar personas que tengan más de 20 años de vivir en Costa Rica. 

Tiene que, necesariamente, haber transcurrido ese tiempo dentro del país, o sea, haber vivido en Costa Rica por ese tiempo, y debe demostrarlo a través de múltiples documentos como, por ejemplo, constancia de citas en la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), constancias de matrícula en instituciones educativas en el país, cartas sobre empleo, entre muchos otros.

Debe hacer los exámenes de naturalización (Español y Estudios Sociales) o haber cursado en Costa Rica sexto grado de escuela, noveno año o tener el bachiller de colegio. En estas últimas tres situaciones debe homologar su título en Control de Calidad del MEP, ubicado en Torre Mercedes en el Paseo Colón. 

Este trámite se puede gestionar sólo con el pasaporte.

Los requisitos específicos son:

  1. Certificado apostillado de antecedentes penales del país de origen.
  2. Cinco fotografías.
  3. Presentar el pasaporte o cualquier otro documento oficial emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería, puede ser carnet de solicitante de refugio, confrontado con el original o certificado notarialmente.
  4. Declaración jurada de dos testigos que indiquen conocerle por ese tiempo (20 años).
  5. Aportar comprobantes de medios de vida: orden patronal o documento emitido por un contador público autorizado donde conste su ingreso económico. En el caso de ser estudiante adulto (menor de 25 años) o menor de edad, un documento en que conste el ingreso económico de los padres o tutores.
  6. Documentos que comprueben que tiene más de 20 años de vivir en Costa Rica.
  7. Rendir declaración jurada de no tener contravenciones.
  8. Publicar edicto. 

Esperamos que esta solución sea contemplada por las personas extranjeras que ya tienen más de cinco años de estar renovando su documento de identidad migratorio en Costa Rica. Se trata de una manera de ahorrarse dinero y trámites, permite participar en los procesos democráticos del país y es la culminación del proceso de integración en la sociedad costarricense.

Esperamos que esta información sea de su ayuda, quedamos atentos a las dudas y comentarios. Si tiene alguna pregunta o caso específico sobre temas migratorios en Costa Rica, puede escribirnos al correo [email protected].

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Daguer Hernández

Daguer Hernández

Daguer Hernández es abogado y notario y cursa una maestría en Derecho Internacional de los Derechos Humanos de la Universidad para la Paz de Naciones Unidas. Tiene doce años de experiencia en la administración pública, y fue subdirector de Migración, bajo el Gobierno de Carlos Alvarado, en Costa Rica.

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