19 de noviembre 2024
El Estado de Nicaragua deberá indemnizar por hasta 1.5 millones de dólares por los daños materiales e inmateriales sufridos por los pueblos indígenas de Nicaragua ante la aprobación del fallido proyecto del Canal Interoceánico, sentenció este lunes 18 de noviembre de 2024, el Tribunal de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que encontró "responsable internacionalmente" al Estado de Nicaragua por violar los derechos de la comunidad indígena.
El fallo responde a la demanda interpuesta en 2022 por los Pueblos Rama y Kriol, Comunidad de Monkey Point y Comunidad Negra Creole Indígena de Bluefields por el proyecto del canal interoceánico, que inicialmente pedía la derogación de la ley 840, Ley Especial para el Desarrollo de Infraestructura y Transporte Nicaragüense Atingente a El Canal, Zonas de Libre Comercio e Infraestructuras Asociadas, en la cual se le otorgaba la concesión canalera al empresario chino Wang Jing. Esta ley fue derogada en mayo de 2024.
El Tribunal de la Corte IDH determinó que Nicaragua “ejerció una indebida interferencia en la designación de autoridades y representantes comunales y territoriales de la Comunidad Negra Creole Indígena de Bluefields y de las nueve comunidades que integran los pueblos rama y kriol”, quienes aprobaron un convenio para el desarrollo del canal en tierras indígenas.
Asimismo, el Estado lesionó derechos de las comunidades sobre sus territorios, no brindó una respuesta adecuada a distintas acciones judiciales y tampoco realizó acciones de prevención necesarias respecto al impacto ambiental generado por actividades de los colonos en el territorio de las comunidades.
El Estado aprobó y otorgó la concesión del proyecto Gran Canal Interoceánico de Nicaragua (GCIN) sin un proceso de consulta previo, libre e informado.
El vicepresidente de la Corte IDH, Rodrigo Mudrovitsch, notificó la sentencia a las partes en un acto virtual en el que no hubo representación del Estado de Nicaragua, que desde 2022 fue declarado en desacato por no atender resoluciones del tribunal internacional, ni responder comunicaciones.
Ordenan medidas de reparación
En el fallo, el Tribunal ordena al Estado adoptar las medidas necesarias para sanear los territorios y garantizar la convivencia pacífica, el goce de las tierras y la protección de la propiedad, y estableció en 1.5 millones de dólares la indemnización por daños materiales e inmateriales a las comunidades.
La indemnización monetaria se usará para crear un fondo para “financiar proyectos con propósitos educacionales, habitacionales, de seguridad alimentaria, salud, suministro de agua potable, construcción de infraestructura sanitaria, saneamiento, remediación ambiental, seguridad y planes de retorno en beneficio de los miembros de las comunidades víctimas, los cuales serán decididos conforme a sus propios mecanismos e instituciones de toma de decisiones”, detalla la sentencia.
El Estado deberá crear este fondo en un plazo de un año desde la notificación de la sentencia y los desembolsos se realizarán de forma fraccionada, según los proyectos que sean remitidos por las comunidades.
“En caso de que las comunidades así lo requieran, para la más eficiente utilización de los recursos, el Estado deberá brindarles, a través de las instituciones pertinentes, asesoría técnica en las distintas áreas en que éstas decidan invertir el dinero de la indemnización”, señala la sentencia.
El Tribunal también autorizó una indemnización por 5000 dólares a Dolene Patricia Miller Bacon, quien “tuvo afectaciones materiales e inmateriales como consecuencia de la vulneración de sus derechos políticos”.
La misma suma también deberá ser entregada a Princess Dyann Barberena Beckford, Nora Magdalena Newball Crisanto, Jennifer Oneyda Borown Bracket, Rupert Allen Clair Duncan y George Patrick Henríquez Cayasso por sufrir “vulneraciones a sus derechos individuales a la libertad personal, a las garantías judiciales y/o a la protección judicial”.
Además, el Gobierno de Nicaragua deberá asegurarse de que cualquier medida que pudiera adoptar en relación con el proyecto del canal interoceánico sea precedida de un proceso de consulta libre, previo e informado que resulte adecuado a los estándares internacionales.
Con el fin de reparar el daño causado a las víctimas y de evitar que hechos como los de este caso se repitan, la Corte IDH “ordena que el Estado realice un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en relación con los hechos del presente caso”. En dicho acto, el Estado deberá hacer referencia a los hechos y violaciones de derechos humanos declaradas en la sentencia.
Asimismo, ordena a que el Estado publique en un plazo de seis meses, en un tamaño de letra legible y adecuado, el resumen oficial de la sentencia elaborado por la Corte en La Gaceta, el Diario Oficial. También que coloque sentencia en su integridad en sitios web oficiales de la Corte Suprema de Justicia y de la Cancillería General de la República por un período de un año.
Dos años en desacato ante la Corte IDH
En noviembre del 2022, la Corte IDH declaró a Nicaragua en desacato luego de que el Gobierno de Daniel Ortega no respondiera a una serie de resoluciones en las que el tribunal exigía la liberación de presos políticos y la protección de activistas, disidentes y defensores de derechos humanos que han sido detenidos a partir del 2018 cuando comenzaron una serie de protestas contra el Gobierno.
En los últimos años Nicaragua no ha respondido a resoluciones y órdenes de la Corte IDH y se ha ausentado de audiencias a las que le ha convocado el tribunal, incluido el acto de notificación de este lunes.
Las causas pendientes del Estado de Nicaragua en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) han aumentado desde octubre de 2023. Hasta entonces, el país tenía tres causas acumuladas, y a julio de 2024 las causas aumentaron a nueve. El incremento evidencia un mayor reclamo de justicia de la sociedad nicaragüense y la voluntad del sistema interamericano de evitar que estos casos queden en la impunidad, según abogados y defensores de derechos humanos consultados por CONFIDENCIAL.
*Con información de EFE