26 de abril 2019
La Gaceta número 75, del pasado 23 de abril, publica una ‘Normativa sobre los Reportes de los Sujetos Obligados a la Unidad de Análisis Financiero” (UAF), que determina todos los informes que deben enviársele, lo que incluye operaciones sospechosas, transacciones en efectivo, transferencias electrónicas de dinero, venta de oro, así como de autos nuevos y usados.
Si el hecho que la UAF --manejada por militares dirigidos por el mayor general Denis Membreño, exdirector de la inteligencia del Ejército-- maneje tanta información enciende las alarmas, es el inciso b) del artículo 11 el que preocupa más a los ciudadanos, pues manda a los ‘sujetos obligados’ a informarle de cualquier remesa familiar efectuada por medio de cualquier método de envío de dinero, en cualquier moneda y territorio, que supere los 500 dólares en una misma operación.
“Al cierre de 2018, el flujo de remesas que ingresó al país fue de 1501.2 millones de dólares, registrando un incremento del 7.9% con respecto a 2017”, cuando el país recibió 1390.8 millones de dólares por ese mismo concepto, según el Informe de Remesas Familiares del Banco Central de Nicaragua, cortado al cuarto trimestre de 2018.
“La recopilación de tanta información detallada sirve para desarrollar el espionaje político, pero también para estimar a qué rangos de transferencias, remesas, y otras transacciones de activos podrían poner impuestos. El volumen de información va a ser muy alto”, dijo un economista que pidió mantener su nombre en el anonimato.
“El mensaje del Gobierno es ‘sabemos todo de tu plata y te pondremos impuestos’, por lo que se puede esperar un aumento de las transferencias hacia el exterior, un cierre de muchas cuentas bancarias, mayor demanda de dinero efectivo, e incremento del costo de las transacciones financieras. Al final es una torpeza mayúscula”, sentenció.
“Teniendo nombres preidentificados, podrían ir directamente a sus presas políticas para ejercer presión y chantaje. Con un algoritmo podrían manejar eficientemente la información gruesa acumulada y hacer un espionaje más fino, pero también podrían estimar y planificar mejor la aplicación de impuestos dirigidos a diferentes rangos de transacciones”, añadió.
Más fuerza al espionaje
La normativa, aprobada el 10 de abril pasado, está supuesta a servir de apoyo en la lucha del Estado en contra del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva, pero el uso que la administración de Daniel Ortega le ha dado a la Ley 976 y a la Ley 977, ha validado las reticencias de la población, que alega que la intención real es espiar a los ciudadanos, y tener instrumentos legales para criminalizar la protesta.
La 976 es la Ley Creadora de la UAF. La 977 por su parte, que tipifica y sanciona el lavado y el financiamiento ilegal, determina como ‘sujetos obligados’, a aquellos que por Ley deben reportar operaciones sospechosas a la UAF, “sin poder aducir reserva o sigilo alguno”.
El dirigente de una cámara empresarial que atendió a Confidencial con el requisito de mantener su nombre en el anonimato, se limitó a decir que la publicación de esa normativa demuestra el interés del Gobierno por “seguir incrementando el estado policíaco”.
Para el exdirector general de Ingresos, Róger Arteaga, la medida publicada en La Gaceta, no es más que un intento del régimen por controlar los movimientos económicos, como reacción a la profunda crisis del país, que llevó a una caída de casi cuatro puntos porcentuales del PIB.
“Estas medidas de control son un golpe devastador al sigilo bancario, cuyos efectos en el tiempo y por sectores, empezaremos a ver pronto. El daño a la confianza en el sistema bancario privado es serio, porque lo convirtieron en un mecanismo de espionaje y represión”, dijo el economista citado antes.
Explicó que esa medida contraviene acuerdos internacionales de sigilo, y que el daño “perdurará mientras esta medida se mantenga. Tendrá implicaciones serias en el mundo diplomático y de la cooperación internacional, de la inversión externa y del comercio internacional”, enumeró.
Quieren saberlo todo
Entre las actividades que deben reportarse de forma obligatoria, además de los 500 dólares en remesas, se incluye la exigencia a que las cooperativas informen cuando otorguen en un mes, financiamiento por más de 3000 dólares a un asociado; mientras que las casas de cambio deben presentar el mismo reporte cuando le cambien más de 5000 dólares en un mes a un mismo cliente.
Lo mismo es válido para las casas de empeño que entreguen más de 3000 dólares en un mes al mismo cliente; las microfinancieras que presten más de 10 000 dólares a los microempresarios a los que financian; o las empresas dedicadas al arrendamiento financiero, el factoraje, y la emisión y administración de medios de pago, que deberán reportar cualquier actividad mensual de una sola persona natural o jurídica, que supere el umbral de los 10 000 dólares.
También se incluye la obligación de reportar las transferencias electrónicas que puedan realizar personas naturales o jurídicas, utilizando las instituciones financieras, en cualquier moneda o usando cualquier ‘medio de almacenamiento de valor’, sea dentro del ámbito del territorio nacional como fuera de él, que sume o supere los 5000 dólares.
La Normativa también obliga a las casas de empeño y de préstamo, a reportar transacciones superiores a los 3000 dólares; a los casinos, a informar cuando un jugador gane mil dólares en un día, o apueste 3000 dólares en un mes; y a las empresas dedicadas al negocio de bienes raíces, que comuniquen cuando un comprador invierta 100 000 dólares o más.
Por su parte, las empresas y comerciantes de metales preciosos y piedras preciosas, deberán reportar cuando hagan ventas nacionales de 5000 dólares, o exporten 10 000 dólares en esos mismos materiales, mientras que las empresas que se dedican al negocio de administrar fideicomisos deben hacer lo mismo cuando los bienes a su cargo alcancen un valor igual o superior a los 10 000 dólares.
Finalmente, los vendedores de autos deberán informar a la UAF cuando reciban pagos en efectivo de 10 000 dólares a más por la venta de un vehículo nuevo, o de 5000 dólares por uno usado.